La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha anunciado el cese de la actividad pesquera de la chirla en las zonas AND 106. Matalascañas y AND 107. Doñana Norte debido a que los rendimientos medios de captura han sido menores a los «límites biológicos seguros» según el plan de pesca vigente.
Según una resolución publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Instituto Español de Oceanografía (IEO) ha observado durante el mes de octubre que los rendimientos medios de captura han descendido por debajo de 0,6 kg/minuto en estas zonas de la provincia de Huelva, lo que ha precipitado la aplicación de esta medida restrictiva. Esta normativa especifica que la pesquería se cerrará automáticamente si se alcanzan o superan estos límites, hasta que los estudios científicos aseguren la viabilidad de reanudar la actividad.
Los informes de AGAPA y el IEO-CSIC también han confirmado que la situación de la especie ha estado consistentemente por debajo de los umbrales permitidos a lo largo del año. Por ello, se ha prohibido la captura, mantenimiento a bordo, trasbordo, desembarco y comercialización de la chirla en estas zonas, afectando a las embarcaciones con permisos para utilizar dragas hidráulicas y rastros remolcados.
Asimismo, los armadores del Puerto de Sanlúcar de Barrameda que opten por no salir a faenar pueden acogerse a ayudas por paralización, según lo establecido en la Orden de 2 de septiembre de 2022, ajustando los días de amarre a los periodos de inactividad reportados.
