La sociedad española tenía un deber con dos profesiones de riesgo que constituyen un servicio público de carácter esencial e interés social: los agentes forestales y medioambientales y los bomberos forestales. Necesitaban una ley básica que les de seguridad jurídica en sus funciones, mejore la conservación de nuestro medio ambiente y sirva, de manera adecuada, los intereses generales de la ciudadanía.
La sociedad española tenía un deber con dos profesiones de riesgo que constituyen un servicio público de carácter esencial e interés social: los agentes forestales y medioambientales y los bomberos forestales
El pleno del Congreso aprobó, el pasado día 23 de julio, sin ningún voto en contra, esos dos textos legales; para cuidar a los que nos cuidan, a los que se queman las botas en los incendios y se juegan hasta la vida por defender nuestro patrimonio natural.
Nuestro país atesora uno de los mayores ejemplos de biodiversidad y superficie forestal en el ámbito europeo y mundial, y es nuestra responsabilidad legislar para proteger esta enorme riqueza con herramientas para su custodia, vigilancia, mantenimiento, gestión y conservación.
Labores y funciones
Los agentes forestales y medioambientales son funcionarios de carrera encargados de proteger, custodiar, gestionar y velar por la conservación de nuestro medio ambiente; tienen carácter de agentes de la autoridad y actúan como una auténtica policía medioambiental y de gestión.
Disponemos de 6.000 agentes forestales y medioambientales en todo el país -que dependen mayoritariamente de las Comunidades Autónomas-, que realizan tareas de gestión, de vigilancia, de educación ambiental, de policía ambiental e incluso como jefes de extinción de incendios forestales en algunas CCAA.
Nuestro país atesora uno de los mayores ejemplos de biodiversidad y superficie forestal en el ámbito europeo y mundial, y es nuestra responsabilidad legislar para proteger esta enorme riqueza
Necesitábamos esta herramienta legislativa para proporcionar las garantías necesarias para el adecuado desempeño de las funciones de los agentes forestales y medioambientales, en los distintos ámbitos en los que el medio ambiente puede ser dañado, y ofrecer a la sociedad garantías de preservación y conservación de nuestra gran riqueza natural.
El texto legal dispone, igualmente, la elaboración de planes de igualdad específicos para los agentes forestales y medioambientales, en los que se evalúen y se propongan medidas concretas en relación con los medios materiales, uniformidad, medidas de conciliación y corresponsabilidad, desigualdades en salud o riesgos psicosociales, desde la perspectiva de género, entre otras.
Necesitábamos esta herramienta legislativa para proporcionar las garantías necesarias para el adecuado desempeño de las funciones de los agentes forestales y medioambientales
Además, recoge que el régimen de jubilación de los agentes forestales y medioambientales se regirá por la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación, similares a los que se aplican a policías locales, bomberos y otros cuerpos de seguridad autonómicos.
Por su parte, los bomberos forestales realizan actividades de extinción de incendios forestales, de prevención, detección, vigilancia, labores de información a la población, así como de apoyo a las contingencias que se produzcan en el medio natural y rural.
Seguridad jurídica y mejoras en el servicio
En España, disponemos de unos 23.000 bomberos forestales que dependen también mayoritariamente de las Comunidades Autónomas, aunque también del Estado – con las BRIF (Brigadas de Refuerzo de Incendios Forestales creadas en 1992 y actualmente equipos de elites en extinción)- y de algunas Corporaciones locales. En algunas comunidades son funcionarios o personal laboral, en otras dependen de empresas públicas o semipúblicas, y en otras son contratados por empresas privadas que licitan contratos públicos.
Esta ley básica es histórica para los bomberos y bomberas forestales, ya que les da un nombre, una identidad profesional, la seguridad jurídica en sus funciones y sirve para mejorar la prestación de un servicio público esencial para la ciudadanía y para la conservación de nuestro medio ambiente.
Esta ley básica es histórica para los bomberos y bomberas forestales, ya que les da un nombre, una identidad profesional y la seguridad jurídica en sus funciones
Además, establece derechos y obligaciones específicas, mandata a las administraciones competentes a establecer las clasificaciones profesionales de los bomberos forestales e indica que, en el marco del diálogo social, se negocie el reconocimiento de las condiciones de peligrosidad, esfuerzo físico, toxicidad, morbilidad, penosidad y riesgo psico-físico.
Impulsa también la igualdad efectiva de mujeres y hombres, además, de la inclusión de la perspectiva de género en las medidas de seguridad y salud laboral para que los EPIS y los elementos de uniformidad se adapten a la morfología de las mujeres.
Régimen de jubilación
Respecto al régimen de jubilación, se regirá por lo dispuesto en la normativa en materia de seguridad social específica aplicable a los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos. Y se adaptarán los tiempos de trabajo en las labores de extinción de incendios forestales.
El acuerdo para la aprobación de estas leyes en el Congreso es una magnífica noticia, aunque ahora el PP en el Senado parece que no tiene prisa para culminar su tramitación, a pesar de estar en plena campaña de máximo riesgo de incendios forestales y de la necesidad de que los textos legislativos entren en vigor cuanto antes. Las prioridades de cada uno.
(El 31 de julio se celebra el Día Mundial de los agentes forestales y medioambientales, #WorldRangerDay)
SOBRE LA FIRMA
José Luis Aceves Galindo es diputado por Segovia y portavoz de Función Pública del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados.











