Los derechos humanos no pueden esperar a la próxima legislatura, los grupos parlamentarios deben aprobar la ley de Información Clasificada. La reciente desclasificación de documentos del 23F demuestra que informar a la sociedad sobre nuestro pasado es posible y es deseable. El problema es que la desclasificación sigue siendo la excepción. En España, demasiados asuntos continúan siendo secretos porque su salida a la luz depende aún de la mera voluntad del gobierno amparada por una ley franquista.
Efectivamente, en 2026 seguimos rigiéndonos por la Ley de Secretos Oficiales de 1968, que permite al Estado clasificar información a discreción y, si quiere, para siempre. Esto choca frontalmente con los estándares internacionales, que establecen que la información sobre violaciones de derechos humanos es de interés público y no debe ser clasificada por razones de seguridad bajo ninguna circunstancia.
También basta mirar a nuestro alrededor para ver lo desfasados que estamos en relación con países de nuestro entorno. Francia fija un plazo general de 50 años; Reino Unido de 20, con revisiones periódicas; Alemania, 30; Italia, entre 15 y 30 años y, además, excluyendo que el terrorismo o los crímenes de la mafia puedan esconderse bajo el secreto de Estado. España, en cambio, sigue en el vagón de cola.
No es por nada que Amnistía Internacional llevamos años reclamando el fin de esta ley, convertida en un paraguas de impunidad: lo fue para el pasado y lo es también para el presente.
El ejemplo presente más elocuente es el comercio de armas. Actualmente y desde 1987, las actas de la Junta Interministerial que autoriza las ventas de armas del gobierno español son secretas conforme a la ley de 1968. Es imposible saber cómo aplica el Gobierno, en casos concretos, los criterios de evaluación del riesgo de uso de esas armas para cometer o facilitar violaciones graves de derechos humanos, ni qué razones le llevan a conceder o denegar una licencia. La decisión y las actas de la Junta Interministerial que se ocupa del tema son secretas.
Esta situación impide al poder legislativo controlar la acción del ejecutivo y a la sociedad civil acceder a información clave e impugnar ante la justicia, en su caso, la concesión de licencias que puedan vulnerar el derecho internacional y la propia legislación española.
Algo similar sucede con las operaciones policiales de infiltración en movimientos sociales. Cuando el Ministerio del Interior fue interpelado en el Parlamento después de que la ‘Directa’ destapara estos operativos, además de reconocerlos y avalarlos, Interior aseguró no tener que desvelar más información al amparo de la Ley de Secretos Oficiales.
Y en relación con nuestro pasado y nuestra memoria colectiva, ya en 2014 Naciones Unidas expresaba preocupación por el hecho de que documentos históricos y grandes fondos militares y policiales de la Guerra Civil y el franquismo permanecían clasificados y sin criterios claros que permitan su desclasificación, so pretexto de riesgos para la seguridad nacional y en aplicación de la Ley de Secretos Oficiales.
Es cierto que desde entonces algunos fondos militares han sido desclasificados, pero siempre conforme al propio y exclusivo criterio del Ministerio de Defensa; y que la Ley de Memoria Democrática de 2022 ordenó expresamente dejar atrás la Ley de Secretos Oficiales, mandato aún no cumplido. Lamentablemente, el acceso a información sobre violaciones de derechos humanos cometidas durante el franquismo sigue encontrando obstáculos.
Todos estos ejemplos evidencian que, hoy por hoy, cuestiones de enorme relevancia en materia de derechos humanos no están a disposición de la ciudadanía, en abierta contradicción con los estándares internacionales y con nuestro derecho como sociedad a saber: a saber sobre nuestro pasado y también sobre nuestro presente.
El proyecto para una nueva Ley de Información Clasificada sigue encallado en el Congreso, en fase de enmiendas desde septiembre de 2025. Aún con margen de mejora, es indudablemente un gran avance respecto de la ley franquista de 1968: establece plazos máximos de clasificación (hasta 45 años, ampliables 15 más en casos de “alto secreto”), prevé la desclasificación automática de la información clasificada anterior a 1980 —lo que debería implicar la divulgación de documentación del franquismo y la Transición— y dispone que la información relativa a grandes violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad no puede ser objeto de clasificación.
No hay tiempo que perder. Los derechos humanos no pueden esperar a la próxima legislatura, igual que no pueden continuar siendo secretos documentos clave para conocer la verdad sobre violaciones de derechos humanos, pasadas y presentes. Como nos dijo Fabián Salvioli, ex relator de la ONU, afrontar nuestra historia no es una cuestión partidista, sino una obligación en materia de derechos humanos. Vamos tarde. Es hora de ponerse las pilas.
SOBRE LA FIRMA:
Daniel Canales, portavoz e investigador de Amnistía Internacional España