Ley de Amnistía en Venezuela: lavada de cara de la arquitectura de la represión y el reto de Europa

La rigidez de la Ley de Amnistía en Venezuela limita la reconciliación y mantiene un foco de tensión interna que compromete la estabilidad futura

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La presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez | Europa Press
Por Edison Arciniega

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Venezuela se halla en un punto de inflexión donde la realidad política parece dictada por un pragmatismo transaccional, priorizando la estabilidad cosmética sobre la justicia estructural. La reciente publicación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática en la Gaceta Oficial N° 6.990 Extraordinario (19 de febrero de 2026) constituye el síntoma más reciente de un sistema que busca una "lavada de cara" ante la comunidad internacional y una liberación estratégica de su presión interna.

No obstante, un análisis minucioso de su articulado revela que no estamos ante una restauración del Estado de Derecho, sino ante una sofisticada validación del arbitrio. Esta norma proyecta la imagen de una "dictadura más amable" que, en esencia, mantiene intacta su estructura de control. Para las democracias europeas, cuya política exterior busca socios fiables e instituciones sólidas, este instrumento es una señal de alerta sobre la persistente ausencia de garantías jurídicas, tanto para la ciudadanía como para las inversiones.

El diseño de la exclusión: El embudo de la "creatividad punitiva"

La ley no es fruto de una omisión accidental ni de un gesto de magnanimidad mal calculado; es un traje a la medida del sistema punitivo venezolano. Durante años, el Ministerio Público ha ejercido una "creatividad maligna" al imputar delitos sistemáticos con el fin de garantizar penas máximas y, preventivamente, bloquear cualquier beneficio de amnistía futuro. El Artículo 9 de esta ley constituye el núcleo de la trampa institucional, al excluir taxativamente los delitos que el sistema ha instrumentalizado para criminalizar la disidencia y mantener bajo asedio judicial a la generalidad de los perseguidos:

  1. Instigación al Odio: Tipificado mediante la denominada "Ley contra el Odio", ha sido el martillo predilecto para encarcelar a ciudadanos por su libre expresión en plataformas digitales o medios de comunicación.
  2. Terrorismo: Imputado sistemáticamente a través de la Ley contra la Delincuencia Organizada, eleva el disenso y la protesta pacífica a la categoría de crimen organizado, privando a los detenidos de cualquier garantía procesal mínima.
  3. Traición a la Patria: Tipo penal expandido por la reciente "Ley Simón Bolívar", bajo el cual se criminaliza cualquier gestión de apoyo internacional o postura crítica frente al ejercicio del poder.

Bajo este esquema, la ley opera con una precisión quirúrgica sobre un universo de persecución masivo. Existen más de 40.000 exiliados con causas judiciales abiertas o latentes, de los cuales solo a un cuarto (1/4) les cubren los beneficios previstos. La situación es idéntica para los aproximadamente 25.000 perseguidos internos, donde la norma apenas favorece de manera directa a un tercio. Es una amnistía diseñada para ignorar deliberadamente a quienes el poder ha etiquetado de forma irreversible como "traidores" o "terroristas", independientemente de si se encuentran en el país o en el extranjero.

La Comisión Especial: El artificio del control político

Para quienes quedan en el limbo jurídico por dichas imputaciones, el Artículo 15 crea el verdadero embudo del proceso: la Comisión Especial de la Asamblea Nacional. Jurídicamente, esta instancia es una redundancia absoluta: todas las medidas que puede recomendar —liberaciones, sobreseimientos o beneficios procesales— ya forman parte de las atribuciones ordinarias de los poderes Ejecutivo y Judicial en cualquier sistema funcional.

Su existencia no responde a una necesidad procesal, sino a una lógica estrictamente política de sometimiento. Al obligar a los perseguidos a pasar por este filtro, el Estado transforma un derecho en una "medida de gracia". Esto fuerza al liderazgo político y social a un acto de humillación pública, donde su libertad queda supeditada a la discrecionalidad de una comisión controlada por la cúpula que integran Delcy Rodríguez (quien firma como Presidenta E), Diosdado Cabello y Vladimir Padrino López. Es la institucionalización del perdón condicionado: si no hay claudicación política, no hay salida del embudo. La Comisión es, en última instancia, el órgano que certifica la capitulación de la disidencia.

El mensaje a los cuarteles: Clemencia prohibida para el uniforme

La ley fractura el principio constitucional de igualdad al discriminar frontalmente al sector castrense. El Artículo 8, numeral 10, excluye explícitamente el delito de "rebelión militar" de los hechos amnistiables. Con más de mil presos militares, el mensaje enviado a los cuarteles es nítido: el sistema puede mostrar una cara "amable" con civiles bajo condiciones de capitulación, pero el uniforme que disiente no tiene perdón ni puente de retorno.

Esta rigidez impide una reconciliación institucional real y mantiene un foco de tensión interna que compromete la estabilidad futura, enviando una señal de terror judicial hacia las filas de la Fuerza Armada para inhibir cualquier asomo de institucionalidad.

Europa ante la lógica de "orden y negocios" y el futuro en MERCOSUR

Bajo la lógica de "orden y negocios" que guía la actual tutela de la administración estadounidense sobre Caracas, la democracia y los derechos humanos han pasado a ser elementos marginales. Para Washington, la estabilidad transaccional parece suficiente; para Europa, no puede serlo. La Unión Europea mantiene como norma fundamental la promoción de socios estables y democráticos, requisitos indispensables para la seguridad de las inversiones y la cooperación de largo aliento.

Es vital recordar que Venezuela es hoy un miembro suspendido de MERCOSUR debido a la ruptura del orden democrático. Solo la recuperación de una democracia real permitirá que el país se reintegre plenamente al bloque y acceda a los beneficios de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Europa, oportunidad estratégica para la reconstrucción económica hoy bloqueada por la arbitrariedad del sistema.

La seguridad jurídica y el retorno del capital humano —esos 40.000 perseguidos con causas abiertas— solo serán posibles cuando la justicia deje de ser un embudo político. Europa debe emplear su Poder Blando para exigir que la discrecionalidad de la "Comisión Especial" se transforme en libertades plenas. El levantamiento de las sanciones europeas no puede ser un cheque en blanco para una dictadura que solo maquilla su arquitectura represiva; debe ser el incentivo para que Venezuela vuelva a ser un socio fiable, bajo el amparo de una paz con derecho y no de una claudicación ética ante el autoritarismo.