La tramitación de la Proposición de Ley para la modificación del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas permanece detenida desde hace meses, prolongando una incertidumbre que afecta directamente a los mutualistas alternativos y a sus mutualidades profesionales de previsión social. Esta iniciativa legislativa nació con el propósito de habilitar una vía regulada para que aquellos mutualistas alternativos que lo deseen puedan integrarse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), dando una respuesta ordenada a una reivindicación que emergió en 2023. Para ello se requiere, sin embargo, un texto técnicamente sólido y un proceso parlamentario que avance con responsabilidad institucional, con respeto a los tempos marcados y, por encima de todo, voluntad política para encontrar una solución consensuada.
El mutualismo profesional forma parte de la arquitectura de previsión social de nuestro país desde mediados del siglo XX. Surgió para ofrecer protección a colectivos de profesionales liberales —abogados, médicos, procuradores, arquitectos, ingenieros— que entonces no estaban cubiertos por la Seguridad Social. A lo largo de las décadas, el marco normativo ha ido evolucionando para garantizar su integración en el sistema español y en los estándares europeos, al tiempo que permitía a los profesionales configurar su protección social de forma flexible y adaptada a sus necesidades. El régimen de alternatividad, introducido en los años noventa, consagró por primera vez la libertad de elegir entre cotizar al sistema público o hacerlo a través de una mutualidad, con las ventajas que ofrece un sistema de capitalización individual.
El mutualismo profesional forma parte de la arquitectura de previsión social de nuestro país desde mediados del siglo XX
Tras la reforma del sistema de cotización de autónomos por ingresos reales en 2023, algunos colectivos de mutualistas alternativos comenzaron a manifestar su preocupación, especialmente ante el incremento de aportaciones exigido y, en ciertos casos, ante sus expectativas de jubilación. Este malestar cristalizó en una reclamación para que se habilitara una “pasarela al RETA” que permitiera, de forma voluntaria, transitar al sistema público llevando consigo el ahorro acumulado. La Proposición de Ley presentada el año pasado, que superó la toma en consideración y avanzó hasta el cierre del periodo de enmiendas, representó un hito relevante. Pero el proceso parlamentario se encuentra atascado, sin que la ponencia haya avanzado en la depuración de las enmiendas presentadas y la elaboración del informe que debe elevar a la Comisión, quedando a la espera de que se retome su actividad legislativa ordinaria, lo que genera un alto grado de incertidumbre e inseguridad jurídica tanto para los mutualistas que quieren optar a la pasarela, como para las mutualidades que deben organizar su futuro post pasarela. Un futuro al servicio no sólo de los mutualistas alternativos que decidan permanecer en la mutualidad, sino también de todos los mutualistas complementarios que han confiado su ahorro a las mutualidades, obteniendo, por cierto, unas rentabilidades muy superiores a la media del sector asegurador.
Desde Mutualidad hemos expresado de forma constante nuestra postura ante las reivindicaciones de estos colectivos: apoyamos la creación de una pasarela y deseamos que se apruebe cuanto antes, porque la seguridad jurídica de los profesionales no puede seguir supeditada a la paralización del proceso parlamentario. Pero ese apoyo se fundamenta en principios que consideramos irrenunciables. La pasarela debe ser voluntaria, preservando la libertad de elección que históricamente ha caracterizado al mutualismo. También se ha de acotar en el tiempo la posibilidad de optar por ella. Asimismo, aquellos profesionales que deseen integrarse al sistema público deberán poder hacerlo con todas las garantías y quienes prefieran permanecer en su mutualidad deben disponer de un entorno estable para seguir desarrollando su ahorro.
De igual forma, hemos insistido en que cualquier traslado de fondos debe articularse mediante una salida ordenada, vinculada al momento en que se genere el derecho a la prestación —jubilación, incapacidad o fallecimiento—. Las carteras de inversión están diseñadas según el horizonte de jubilación de cada mutualista. Por eso, los traslados planificados con tiempos adecuados permiten ejecutar las desinversiones en las ventanas más favorables, manteniendo la eficiencia de la inversión y la tranquilidad de quienes decidan permanecer o transitar.
Las carteras de inversión están diseñadas según el horizonte de jubilación de cada mutualista
Asimismo, creemos imprescindible delimitar correctamente el alcance de la pasarela. Esta debe circunscribirse al traspaso de los derechos generados en el sistema alternativo, sin incorporar otros productos de ahorro complementario cuya naturaleza y finalidad son distintas.
Finalmente, consideramos fundamental que la pasarela no esté vinculada a la desaparición de la alternatividad a partir de 2027. La alternatividad es un instrumento de colaboración público‑privada que ha demostrado eficacia, estabilidad y capacidad de adaptación. Su eliminación supondría restringir la libertad profesional y empobrecer el ecosistema de previsión social, sin que existan razones objetivas que lo justifiquen. Ambos modelos —el público y el mutualista— pueden convivir y complementarse, proporcionando alternativas válidas a los profesionales según sus circunstancias.
Hoy resulta más necesario que nunca que se retome el proceso y culmine una norma largamente esperada. Desde Mutualidad reiteramos nuestra plena disposición a colaborar con rigor técnico, transparencia y lealtad institucional para que la ley que finalmente se apruebe sea justa, equilibrada y garantista para todos los implicados.
sobre la firma:
Enrique Sanz Fernández-Lomana es presidente de Mutualidad.