La protección de la infancia en los entornos digitales: una obligación democrática

A la espera de que se constituya la ponencia de la ley de protección de menores, la diputada del PSOE Adriana Maldonado, pone de manifiesto en Demócrata la importancia de que España siga siendo pionera en esta materia

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Adriana Maldonado es diputada del PSOE en el Congreso de los Diputados y portavoz de la Comisión de Industria

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"La tecnología no es buena ni mala, pero tampoco es neutral”. Es la ley más citada de Kranzberg (1985). El 4 de junio de 2024, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales.

La norma, que constituye un primer paso de un gran acuerdo de país, tiene el objetivo de garantizar los derechos de los menores en el ámbito digital, así como el derecho a la protección de sus datos personales y al acceso a contenidos adecuados para su edad. Entre otras medidas, la norma tipifica como delito la difusión sin autorización de imágenes pornográficas generadas por IA, eleva de 14 a 16 la edad para consentir el tratamiento de datos personales y regula la orden de alejamiento online.

El consenso social, familiar e industrial es muy amplio. Esta deberá ser una ley pionera, necesaria, que responde a una exigencia ética como es proteger lo más valioso que tiene un país: su infancia y adolescencia. 

Los datos confirman que ya no estamos ante un debate teórico. Save the Children en su informe de 2025, 'Redes que atrapan’, señala que la totalidad de los chicos encuestados (el 97%) afirmó haber sufrido algún tipo de violencia sexual en entornos digitales cuando eran menores de edad. 

Además, España no está sola. Si miramos lo que está ocurriendo en otras democracias avanzadas, vemos que existe una tendencia cada vez más clara a reforzar la protección de los menores frente a los riesgos digitales. Australia ha adoptado una de las vías más contundentes, endureciendo las obligaciones de las plataformas para impedir que los menores de 16 años puedan abrir o mantener cuentas.

Francia fue también de las primeras en actuar al fijar en 15 años la llamada mayoría digital sin autorización familiar. En Reino Unido, la Online Safety Act obliga a las plataformas a extremar la protección de los menores frente a contenidos especialmente dañinos. Y Dinamarca se ha sumado igualmente a esta corriente europea que busca fijar límites más claros y controles más eficaces.

Toda esta nueva filosofía pública se apoya, además, en dos grandes reglamentos europeos pioneros en el mundo: el Reglamento de Servicios Digitales (DSA) y el Reglamento de Mercados Digitales (DMA). El primero refuerza la responsabilidad de las plataformas y les exige más seguridad, más transparencia y una mayor prevención de riesgos, especialmente cuando hay menores de por medio. El segundo busca limitar el poder de los “tecno-oligarcas” y frenar dinámicas de captación de atención, datos y dependencia que afectan con especial intensidad a los usuarios más vulnerables.

Debemos de ser conscientes de que las vivencias digitales redefinen la infancia y la adolescencia. La experiencia online y offline se fusiona, creando una única realidad psicológica. Dicha interacción entre las necesidades del desarrollo de los menores y su experiencia digital genera oportunidades y riesgos. Proteger esos derechos es imprescindible.

España así se suma al número de país pioneros en poner coto a las redes sociales después de la evidencia empírica y científica. Nuestra obligación como legisladores es acordar un texto que reduzca la sobreexposición al riesgo de los menores de nuestro país. 

sobre la firma:

Adriana Maldonado es diputada del PSOE en el Congreso de los Diputados y portavoz de la Comisión de Industria.