El Ministerio de Trabajo ha sometido la elaboración del Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Prevención de Riesgos a trámite de consulta previa, finalizando el plazo el día 23 de enero.
Dicha norma cumplió recientemente 30 años. Su posible adaptación a la actualidad fue objeto de una Mesa de Diálogo Social infructuosa, al contrario del éxito que supuso la aprobación consensuada de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
El resultado tan diferente entre ambas negociaciones, sobre temas tan similares, invita a reflexionar sobre las causas: ¿Qué ha sucedido entre la conformidad alcanzada con el texto de la Estrategia y la ruptura de la Mesa sobre la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
La explicación reside, en gran medida, en que algunos elementos conflictivos aparcados en la negociación de la Estrategia, en aras del consenso, han sido la piedra angular sobre la que el Ministerio de Trabajo ha articulado su propuesta de modificación legal.
En concreto, en el último texto de reforma legal en su día propuesto, pueden identificarse las siguientes dificultades que impidieron llegar a un acuerdo:
En primer lugar, la inseguridad jurídica que generaban las referencias al cambio climático o a la articulación de medidas en caso de catástrofes naturales. Siendo cuestiones que la empresa no puede controlar, se torna muy difícil aceptar responsabilidades administrativas, civiles y penales sobre estos asuntos sin las debidas precauciones.
Asimismo, vincular de forma directa o indirecta las cuestiones sociales de salud mental a las empresas constituye una importante banalización del problema, culpando, cómo no, a las empresas.
Siendo muy preocupante la evolución de los procesos de baja por cuestiones psicológicas, es injusto radicar en la empresa el lugar donde acometer socialmente todas las acciones para solventarlas, abriendo un abanico de responsabilidad jurídica sin fin. Obviamente, no estamos refiriéndonos a los casos de acoso en el trabajo o de desacerbado estrés laboral, que obviamente sí son riesgos laborales, sino al resto de patologías psicológicas que afectan a trabajadores, parados, jubilados, adolescentes y niños.
Las empresas no pueden asumir, sin más, que el mero hecho de estar sometido a una organización de trabajo y sus directrices es origen de todo tipo de molestias psicológicas y, por tanto, sea inherente la necesidad de evaluar el impacto personal (y familiar) de cada decisión directiva. Creo que la Administración Pública tampoco lo hace, ni podría.
Por otro lado, echamos de menos en la Mesa la presencia de otros Ministerios, como el de Sanidad, que sí estuvo en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo. Quizás así podríamos comprender el alcance de la propuesta sobre una supuesta vigilancia de la salud colectiva, no individual, que parece de nuevo vincular a la empresa en la responsabilidad social de mejorar la salud global.
Bien está que las empresas se involucren en estas materias, si pueden, pero hay que tener presente que si lo introducimos como una obligación preventiva para todas (pymes, medianas y grandes empresas), el alcance escapa de las facultades ordinarias, principalmente de las miles de micropymes de nuestro país.
Sorprendentemente, también se propuso eliminar, sin justificación alguna, la posibilidad de que el empresario asuma la gestión de la prevención en empresas entre 11 y 25 trabajadores.
Siguiendo con las discordancias entre la Estrategia y la posible modificación de la Ley, es llamativo que durante la negociación de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo se desechara la creación del denominado delegado territorial.
Por el contrario, en la modificación de la Ley de PRL fue constante la insistencia por crear esta nueva figura preventiva, tanto sindical como empresarial, en una suerte de renacimiento del neocorporativismo.
Estamos perdiendo la oportunidad de abordar con carácter técnico los problemas de la vida real que afectan a las empresa
Este denominado delegado territorial sería una persona que, sin haber superado la oposición para ser funcionario público de la centenaria Inspección de Trabajo o de los órganos autonómicos de prevención, tendría acceso al centro de trabajo de las pymes, con labor de seguimiento de cumplimiento de la normativa.
No se clarificó si, a pesar de su carácter territorial tendría especialidad sectorial, ni de quién dependería (lo cual, por cierto, sería altamente contraproducente con la normativa laboral). De hecho, es difícil entender que un técnico, imaginamos que superior, en prevención de riesgos de cualquier sindicato u organización empresarial esté en condiciones de hacer un seguimiento del cumplimiento de la normativa en todos los sectores productivos.
Y ya para buscar más elementos de disenso por parte del Ministerio, nada mejor que proponer más crédito horario para visitas de los delegados, o disminuir el umbral para que la empresa (pyme) pueda hacer en un solo documento planificación y evaluación, e incluso tenga que constituir un Comité de Seguridad y Salud Laboral.
Si más delegados sindicales financiados con dinero público, sea territoriales o sectoriales, es la gran propuesta para mejorar la seguridad y salud laboral, estamos perdiendo la oportunidad de abordar con carácter técnico los problemas de la vida real que afectan a las empresas, principalmente pymes, y a sus trabajadores.
Con relación a la perspectiva de género, más allá de lugares comunes compartidos con otras normativas, se planteaba alguna inseguridad jurídica adicional. Simultáneamente, echamos de menos abordar la situación de las trabajadoras mayores en sectores feminizados de gran dureza física y psicológica. Para este colectivo, el texto propuesto era inocuo ya que no contempla la realidad de sus necesidades.
Una última referencia para indicar que la consulta pública también hizo referencia a la reforma del Reglamento de los Servicios de Prevención, cuyas organizaciones han de evaluar con rigor el texto para que se transforme, así lo desearíamos, en un elemento que apoye su notable papel en la seguridad y salud en el trabajo.
SOBRE LA FIRMA:
Luis Méndez es director de Asuntos Laborales de CEIM