El Grupo Socialista en el Parlamento de Andalucía ha interpuesto una acusación en la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción dirigida a Jorge Paradela, consejero de Industria, Energía y Minas, por presuntas irregularidades «constitutivas de fraude, corrupción, conflicto de intereses o actividad ilegal previstos en el artículo 16.1» de la Ley 2/2021 de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía, relacionadas con su previa afiliación a Heineken España, donde fue empleado antes de unirse al Gobierno andaluz en julio de 2022.
Según el documento, revisado por Europa Press y fechado el pasado 24 de julio, que lleva la firma de María Márquez y los otros 29 diputados del Grupo Socialista, se solicita que la Oficina Antifraude «dicte el acuerdo expreso y motivado previsto en el artículo 16.3 de la Ley 2/2021 de junio, de Lucha Contra el Fraude y la Corrupción en Andalucía para el ejercicio de las potestades de investigación e inspección para el esclarecimiento» de los eventos descritos.
La acusación detalla que, «según certificación del Registro Mercantil de Sevilla de fecha 28 de mayo de 2025, consta que la empresa Heineken España, S.A. otorgó un poder general a favor» de Jorge Paradela «mediante escritura pública en el año 2014, el cual fue formalmente revocado en 2015, si bien no se procedió a su cancelación registral efectiva hasta mayo de 2025».
«En consecuencia, dicho apoderamiento continuó figurando como vigente en el Registro Mercantil durante toda su etapa como consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía», resalta la denuncia del PSOE-A, que enfatiza que «este extremo ha sido reconocido expresamente por la propia empresa en su nota pública de 27 de marzo de 2025, en la que admite que la revocación no fue inscrita por un ‘error administrativo’, y que solo fue corregido tras las consultas realizadas en el presente año».
La denuncia también expone que el consejero «ha declarado retribuciones por rendimientos del trabajo durante los ejercicios 2022 y 2023 superiores a las correspondientes a su cargo público, sin que conste en el Registro de Altos Cargos ni en el Portal de Transparencia la identificación de la empresa pagadora, el concepto de las cantidades abonadas, ni la duración o naturaleza de la relación económica mantenida».