Aierdi apunta a organismos con más trayectoria que la OANA que discrepan sobre las VPO de Erripañaga

Aierdi rechaza el informe de la OANA sobre las 62 VPO de Erripañaga y se apoya en criterios de Comptos, la Intervención y la CPEN.

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Aierdi apunta a organismos con más trayectoria que la OANA que discrepan sobre las VPO de Erripañaga

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El consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, José Mari Aierdi, ha manifestado este miércoles que no coincide con el informe emitido por la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra (OANA), en el que se declara nula de pleno derecho la adjudicación de 62 VPO en Erripañaga a la UTE Acciona-Servinabar en 2018, etapa en la que él ejercía como gerente de la sociedad pública Nasuvinsa.

Durante su intervención en la comisión de investigación del Parlamento de Navarra, Aierdi ha señalado que la OANA le merece “el máximo respeto, pero creo que en este caso hay organismos que se crearon con mucha más antelación, que tienen mucha más experiencia histórica, y estoy hablando de Comptos, de la propia Intervención General del Gobierno de Navarra, y de los servicios jurídicos de la Corporación Püblica Empresarial de Navarra, que tienen una opinión contraria a la de la OANA”.

Según ha relatado, recibió el documento de la OANA sobre las 62 VPO de Erripaña con “sorpresa e indignación por la calificación ante determinados hechos que se evalúan en ese informe, y en absoluto compartí el contenido de ese informe”. A su juicio, la oficina fiscalizó la operación sin contar con todos los datos relevantes.

En este sentido, el consejero ha explicado que “en el momento en el que la OANA hace el informe no se había acreditado por parte de Nasuvinsa la existencia de la resolución que autoriza por parte del Gobierno de Navarra a la contratación de esas obras de 62 VPO”. Aierdi ha añadido que “el argumento de la OANA de esa ausencia de autorización para contratar es erróneo porque se acredita con posterioridad que esa autorización constaba en una resolución de 27 de diciembre de 2018 del consejero de Inclusión y Protección Social”.

Por ello, ha concluido que “la conclusión jurídica no es correcta, porque la OANA disponía de una información que no es correcta, y la conclusión jurídica cierta es que esa promoción tenía la autorización en tiempo y regla para acometerse”.

El parlamentario de UPN Juan Luis Sánchez de Muniáin le ha interpelado sobre la falta de actuaciones preparatorias del contrato y la inexistencia de nombramiento de presidencia en la mesa de contratación, extremos advertidos por la OANA. Frente a ello, Aierdi ha replicado que “la ley foral de contratos públicos no se aplica a los procedimientos que siguen las sociedades públicas, sí a las administraciones públicas, y en el momento en el que se aprueba esa contratación la legislación vigente no establecía la obligación de nombrar un presidente en las mesas de licitación, por lo tanto, no puedo compartir la posición de la OANA en este sentido”.

Abundando en esta argumentación, ha recordado que en Nasuvinsa “había una asesoría jurídica que seguía las instrucciones que se le establecían desde la Corporación Pública Empresarial de Navarra”. Ha indicado además que “todas las sociedades públicas dependen de la CPEN y creo que quedó bastante acreditado por parte de los responsables de esta entidad que el criterio general con respecto a las contrataciones del conjunto de sociedades públicas del Gobierno era el mismo, y el criterio de esos responsables jurídicos era que ese apartado de la ley foral de contratos no afecta a las sociedades públicas”.

El exgerente de Nasuvinsa ha subrayado que “es normal que los servicios jurídicos de una de las sociedades públicas de la CPEN utilicen los criterios que se les indican desde el Gobierno de Navarra, desde la Corporación, desde Comptos”. A su entender, “eso es lo coherente. Lo incoherente sería que se saltaran esas instrucciones”.

Con todo, José Mari Aierdi sí ha admitido que la falta de actas de la mesa de contratación le resultó un aspecto “relevante, evidentemente, que lógicamente no comparto y que me llevó a interesarme por esta cuestión”. Según ha relatado, “el secretario en aquel momento de la mesa me insiste en que esas actas existieron y que lo que no han conseguido es encontrarlas”, algo que ha calificado como “una deficiencia del procedimiento”.