El Parlamento de Navarra avanza en la modificación de la ley para mejorar el acceso a la vivienda asequible

La Comisión de Vivienda del Parlamento de Navarra aprueba cambios en la ley para facilitar el acceso a viviendas asequibles y protegidas.

La Comisión de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Parlamento de Navarra ha dado luz verde este martes al dictamen sobre la proposición de Ley foral que busca modificar la normativa actual sobre el derecho a la vivienda asequible en la región.

La iniciativa, promovida por PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, pretende “corregir los desajustes de carácter técnico que dificultan su aprovechamiento total y efectivo, especialmente en lo relativo a la tramitación de los procedimientos de adjudicación de las viviendas protegidas”.

Con el objetivo de “facilitar su correcta aplicación dotando de plenas garantías administrativas e informáticas al nuevo sistema de adjudicación”, se han introducido ajustes que incluyen también a la vivienda colaborativa, cuya regulación final está pendiente de una legislación específica.

Se ha modificado también la cantidad de la ayuda adicional para eliminar elementos con amianto, manteniéndose en 1.000 euros por vivienda y elevándose de 12.000 a 18.000 euros el límite máximo de la subvención por edificio en rehabilitación.

En lo que respecta a los criterios específicos para acceder a viviendas protegidas de alquiler, los solicitantes deberán demostrar unos ingresos familiares ponderados entre 5.000 euros y 2,5 veces el Indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA). Para los regímenes de propiedad y de cesión de uso, el mínimo de ingresos es de 19.000 euros.

Respecto a las reservas de viviendas protegidas promovidas en terrenos municipales o por sociedades públicas en suelos antes municipales, el Ayuntamiento podrá decidir el número de viviendas reservadas para residentes locales con al menos tres años de empadronamiento.

Para las familias numerosas de categoría especial (5 hijos o más), se establece que estas no podrán participar en los procesos de selección para viviendas dentro del 2% de reserva, por ser “incompatibles”. Esta misma norma se aplica en el caso del alquiler protegido.

En cuanto a los tramos de renta, el 70% de las VPO y el 80% de las viviendas de precio tasado serán para solicitantes con ingresos familiares superiores a 2,5 veces el índice SARA.

En el proceso de adjudicación de viviendas protegidas en propiedad, se considerará a los descendientes bajo patria potestad como parte de la unidad familiar, ya sean menores o no.

En el arrendamiento y arrendamiento asequible de viviendas en reservas especiales (5% para integración social, 6% para discapacitados), se aplicará el baremo del artículo 28, sin necesidad de ser titular de cuentas financieras con saldo mínimo en los últimos cinco años.

Las nuevas normas para la selección de adjudicatarios de vivienda protegida se aplicarán a procedimientos iniciados a partir del 1 de septiembre de 2026, con excepciones específicas para reservas y procedimientos previos a esa fecha.

Durante el debate en comisión, se aprobaron 5 de 7 enmiendas presentadas, incluyendo medidas sobre viviendas deshabitadas y alquiler forzoso, así como un régimen especial para actuaciones de rehabilitación en municipios en riesgo de despoblación.

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