El real decreto aprobado por el Gobierno entra en vigor este jueves 16 de abril y se aplica a todos los centros educativos públicos, concertados y privados que impartan segundo ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial, ESO, Bachillerato y Formación Profesional básica o media en España.
La norma desarrolla y amplía lo establecido en la Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición, con el objetivo de garantizar una alimentación más saludable, equilibrada y sostenible en el ámbito escolar.
Qué van a comer los niños en el comedor escolar
El decreto establece que los menús deberán basarse principalmente en alimentos frescos, de temporada y de proximidad. Se priorizan hortalizas, legumbres, cereales —preferentemente integrales—, frutas, frutos secos y aceite de oliva.
También se contempla un consumo moderado de pescado, huevos, lácteos y carne, con preferencia por aves y conejo. Al menos el 45% de las frutas y hortalizas ofertadas deberán ser de temporada.
Principales cambios en el menú escolar: menos fritos y más integrales
La nueva regulación introduce cambios concretos en la planificación de los menús escolares:
- Pan integral al menos dos veces por semana
- Arroz y pasta integrales un mínimo de cuatro veces al mes
- Frituras limitadas a una vez por semana
- Platos precocinados (pizzas, croquetas o empanadillas), como máximo una vez al mes
Además, se priorizan técnicas culinarias saludables como el horno, el vapor, el hervido o la plancha, frente a fritos y rebozados. El aceite de oliva —virgen o virgen extra— se impone como referencia para aliños, mientras que para cocinar se prioriza también el de girasol alto oleico. Se incorpora el uso de sal yodada con reducción de su cantidad.
Frecuencia de fruta, legumbres, pescado y carne en el comedor escolar
El decreto fija una distribución semanal obligatoria de los alimentos:
- Primeros platos: hortalizas (1-2 veces), legumbres (1-2), arroz o pasta (1)
- Segundos platos: pescado (1-3), huevos (1-2), carne (máximo 3)
Dentro del consumo de carne, la carne roja queda limitada a una vez por semana y la procesada a dos veces al mes como máximo. También se incluyen platos basados en proteína vegetal entre una y cinco veces por semana, pudiendo ser exclusivos en menús vegetarianos.
En los postres, la fruta fresca deberá ofrecerse entre cuatro y cinco veces por semana, mientras que otros postres —como yogur natural o queso fresco sin azúcar añadido— se limitan a una vez semanal.
El agua será la única bebida en los comedores escolares
El real decreto establece que el agua será la única bebida servida en los comedores escolares. Además, las administraciones deberán garantizar el acceso gratuito a agua potable mediante fuentes señalizadas en espacios comunes y de recreo, así como jarras de agua en las mesas del comedor cuando sea posible.
Qué cambia en cafeterías y máquinas expendedoras de los colegios
La norma endurece los criterios para la venta de productos en cafeterías y máquinas expendedoras:
- Prohibidos productos que superen 200 kilocalorías por porción
- Límites estrictos a grasas saturadas, azúcares y sal
- Vetados productos con más de 15 mg de cafeína por cada 100 ml
Además, las máquinas expendedoras no podrán ubicarse en zonas accesibles a alumnado de Infantil y Primaria ni incluir publicidad de alimentos o bebidas.
Menús especiales por alergias, intolerancias o motivos religiosos
Los centros educativos deberán ofrecer menús específicos para alumnado con alergias, intolerancias o enfermedades que requieran una dieta concreta, siempre con acreditación médica.
También deberán contemplarse menús por motivos éticos o religiosos. Si el centro no puede proporcionarlos, deberá habilitar sistemas adecuados para conservar y calentar alimentos aportados por las familias.
Derecho de las familias a conocer los menús escolares
El decreto refuerza la transparencia obligando a los centros a informar mensualmente a las familias sobre los menús. Esta información deberá incluir platos, técnicas de cocinado, guarniciones, salsas y alérgenos, así como el tipo de postre.
Los datos deberán estar disponibles en tablones, páginas web u otros canales accesibles, tanto para usuarios habituales como ocasionales del comedor.
Quién supervisa los menús y controla el cumplimiento
Los menús deberán ser diseñados o supervisados por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética, garantizando su adecuación a cada grupo de edad.
El cumplimiento de la norma será vigilado por las autoridades competentes dentro de los Planes Nacionales de Control Oficial de la Cadena Alimentaria. Los incumplimientos podrán derivar en sanciones.
El precio del comedor escolar no podrá subir
El real decreto establece de forma expresa que su aplicación no podrá implicar un aumento del coste del menú para las familias, blindando así el acceso a una alimentación saludable en el entorno escolar sin impacto económico adicional.