Aceros Inoxidables Olarra, Cofivacasa y Sidenor deberán indemnizar con 228.461 euros a un empleado por asbestosis

Un juzgado de Bilbao condena a Olarra, Cofivacasa y Sidenor a pagar 228.461 euros a un trabajador por asbestosis reconocida como enfermedad profesional.

2 minutos

Comenta

Publicado

2 minutos

El Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao ha dictado sentencia contra Aceros Inoxidables Olarra, Cofivacasa y Sidenor, obligando a las tres compañías a abonar 228.461 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios a un trabajador afectado de asbestosis, enfermedad que le ha sido reconocida como profesional por su presunta exposición al amianto en su puesto de trabajo.

Según ha detallado en una nota la asociación vasca de víctimas del amianto, Asviamie, el fallo judicial impone a estas empresas el pago solidario de dicha suma al operario por un prolongado incumplimiento de la normativa de protección frente a sustancias cancerígenas o tóxicas.

El reparto de la indemnización fija que Aceros Inoxidables Olarra y Cofivacasa asuman conjuntamente el 57,6% del total, esto es, 131.195,58 euros, mientras que Sidenor deberá hacerse cargo del 42,4% restante, equivalente a 97.265,49 euros.

El afectado, Miguel S.P., nacido en 1950, desarrolló toda su trayectoria profesional como operario de máquinas en el sector siderúrgico. Inició su actividad en agosto de 1974 en la planta de Acenor en Larrondo, dentro de la sección de Control, próxima a los Hornos de Tratamiento y Laminación.

En 1995 pasó a la plantilla de Gerdau Aceros Especiales Europa (actual Sidenor), donde desempeñó el puesto de esmerilador en las enderezadoras. Entre 1974 y 1994 trabajó en entornos con abundante polvo en suspensión, con probable presencia de amianto, tal y como ha concluido Osalan, debido al "amplio uso y presencia en las instalaciones".

El 10 de mayo de 2024, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoció una Incapacidad Permanente Absoluta por asbestosis pulmonar o fibrosis persistente y progresiva, con afectación severa, insuficiencia respiratoria crónica y necesidad de oxigenoterapia continua, así como un patrón intersticial bilateral de origen laboral.

El informe elaborado por Osalan señalaba que la patología descrita constituye un daño progresivo y acumulativo ligado al amianto, y recordaba que ya se habían detectado varios casos de enfermedad profesional en los centros de Acenor (3 en Álava, 4 en Guipúzcoa y 11 en Vizcaya, dos de ellos en la planta de Larrondo). En cuanto a Sidenor, apuntaba la existencia de 9 casos (7 en Álava, 1 en Guipúzcoa y 1 en Basauri).

Al revisar la documentación, se constató que Miguel S.P. no figuraba en el fichero oficial de trabajadores expuestos al amianto, aunque sí aparecían las empresas en las que prestó servicio. El sistema Cepross, utilizado por la Seguridad Social para registrar enfermedades profesionales, solo incluye los casos reconocidos desde 2007.

Asviamie subraya que en Olarra (antigua Acenor) se han identificado 14 personas con patologías relacionadas con el amianto, mientras que en Echeverria o Sidenor Basauri constan 60 inscritos y 52 afectados por esta sustancia. Además, recalca que Osalan ha emitido numerosos informes sobre empleados de Acenor y Sidenor por enfermedades derivadas del amianto y de la sílice cristalina.