Aena estudiará acciones legales para proteger sus derechos ante el nuevo órgano bilateral con Euskadi

Aena cuestiona el alcance del nuevo órgano bilateral con Euskadi y encarga analizar medidas legales para proteger su modelo y el interés de sus accionistas.

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Aeropuerto de Bilbao AEROPUERTO DE BILBAO

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Aena sostiene que el órgano bilateral anunciado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el lehendakari, Imanol Pradales, para la “colaboración, coordinación y gestión” de los tres aeropuertos vascos debe tener un carácter “estrictamente consultiva”, tal y como fija la normativa vigente. La compañía subraya que encargará a sus asesores jurídicos “la valoración de las medidas que resulte procedente adoptar” con el fin de salvaguardar el interés de Aena y de sus accionistas.

Así lo indica la secretaria del consejo de administración de Aena, Elena Roldán, en un escrito enviado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el que recalca que este nuevo órgano “no puede suponer una modificación de la red de aeropuertos de interés general ni del modelo empresarial de Aena”. Recuerda que la sociedad, conforme a la ley, es titular y responsable de la gestión de los aeropuertos de interés general, competencia que corresponde al Estado de acuerdo con la Constitución.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible difundió el pasado viernes una nota en la que precisaba que este órgano se regirá por el consenso entre las partes y que no tendrá facultades ejecutivas, por lo que no alterará el marco legal que rige actualmente el funcionamiento de Aena.

Transportes insiste en que la puesta en marcha de este órgano “no modifica en ninguna forma ni la estructura en red de los aeropuertos de Aena” ni altera los procedimientos previstos en la Ley 18/2014 para aprobar el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) y sus elementos esenciales, incluidas las tarifas aplicables en los aeropuertos.

En la misma línea, el Ministerio apunta que se trata de un instrumento que “mejora la coordinación y cooperación” con la administración autonómica del País Vasco para “generar sinergias y alinear políticas encaminadas a conseguir unos aeropuertos más limpios, eficientes, seguros y con un alto nivel en la calidad del servicio que prestan”.

No obstante, Aena considera que las manifestaciones del lehendakari podrían generar “algunas dudas” entre los accionistas y en los mercados financieros sobre el alcance real de lo acordado y su posible impacto en la compañía.

En particular, entiende que la comunicación oficial difundida por el Gobierno Vasco incluye referencias al acuerdo sobre la intervención del órgano bilateral en procedimientos que afectan al funcionamiento de las infraestructuras aeroportuarias que podrían “vulnerar las normas” y repercutir en el modelo aeroportuario español “en detrimento de los legítimos intereses de Aena y de sus accionistas públicos y privados”.

Marco legal y reparto competencial

El artículo 149.1.20 de la Constitución Española atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre los aeropuertos de interés general. De este modo, las funciones normativas, de supervisión y de regulación de estos aeropuertos corresponden únicamente al Estado, ejercidas principalmente por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), así como por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

La comunidad autónoma del País Vasco, por su lado, dispone de competencias en ámbitos como el planeamiento urbanístico, la gestión medioambiental, la ordenación del transporte terrestre, la intermodalidad, la promoción y el desarrollo económico, además de la promoción turística.

Asimismo, la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, establece que la red de aeropuertos de interés general, considerada un servicio de interés económico general, es propiedad de Aena, sociedad cotizada en bolsa cuyo 49% del capital está en manos de accionistas privados. La gestión de dicha red corresponde en exclusiva a Aena y esta exclusividad se ampara en la libertad de empresa reconocida en el artículo 38 de la Constitución Española.