Air Europa implementa políticas de igualdad y protección para el colectivo LGTBI en su último convenio

Archivo - Un avión de la aerolínea AirEuropa en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, a 2 de enero de 2024, en Madrid (España). Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha dado a conocer la actualización del V Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, aplicable a sus tripulantes técnicos de vuelo. Dicho convenio, acordado entre la dirección de Air Europa y la sección sindical de Sepla, establece nuevas directrices en pro de la igualdad y la no discriminación del colectivo LGTBI.

Este pacto, rubricado el 6 de mayo de 2025, responde al Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, que promueve la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito corporativo.

Detalles de la Modificación

Las reformas se extienden a diversos apartados y anexos del convenio, incluidos el Artículo 1 (definición de ámbito personal y funcional), Artículo 25 (criterios de ingreso), Artículo 27 (sobre promoción y desplazamiento), Artículo 29 (ascensos por cambio de nivel), Artículo 34 (permisos) y el Anexo V (infracciones y penalizaciones).

Una de las innovaciones más relevantes es que ahora el convenio asegura protección contra actitudes de rechazo, prejuicio o discriminación LGTBIfóbica mediante protocolos contra el acoso y la violencia laboral.

Se promueve, además, un entrenamiento obligatorio destinado a eliminar estereotipos en los procesos de selección de personal.

Se confirma también el derecho a permisos, beneficios y derechos para las familias diversas, incluidas las de cónyuges y parejas de hecho LGTBI.

En lo que respecta al régimen disciplinario, se tipifica como falta muy grave cualquier acto que menoscabe la dignidad, privacidad o libertad sexual de una persona, independientemente de su orientación, identidad sexual o expresión de género.

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