En la última reunión del Consejo de Ministros, se ha dado luz verde a una asignación presupuestaria de 143.277.070 euros destinados al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Este fondo está orientado a cubrir los complementos para las pensiones mínimas en el marco del sistema de la Seguridad Social.
Según las directrices del Consejo, la regulación de estos complementos y su financiación está establecida en los artículos 59 y 109 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Este decreto ratifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, donde se especifica que la protección de la Seguridad Social, en su faceta no contributiva y universal, se financiará a través de contribuciones estatales al presupuesto de la Seguridad Social. Esto se hace sin afectar otras disposiciones como la letra c) del apartado 2 del artículo 10.3, excepto en lo que respecta a las prestaciones y servicios de salud y sociales transferidos a las comunidades autónomas, cuya financiación se ajustará al sistema de financiación autonómica vigente.
La ley también determina que los complementos por mínimos de las pensiones de la Seguridad Social son de naturaleza no contributiva. La administración y reconocimiento de estos complementos recae en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y en el Instituto Social de la Marina. Por ello, se ha procedido a incrementar el crédito en la partida presupuestaria ‘Aportación del Estado para financiar los complementos de pensiones mínimas del Sistema de la Seguridad Social’ para asegurar la cobertura de estas prestaciones.
