El Banco de España prepara aumento del colchón de capital anticíclico a 1%

Archivo - Fachada del edificio del Banco de España situada en la confluencia del Paseo del Prado y la madrileña calle de Alcalá.Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

El Banco de España ha comenzado los trámites para incrementar este otoño el colchón de capital anticíclico (CCA) de los bancos al 1%, desde el 0,5% actual, como se ha detallado en un comunicado oficial.

El regulador ha puesto en marcha el proceso necesario publicando un borrador de resolución después de verificar que los riesgos sistémicos cíclicos «continúan en un nivel intermedio».

Desde el 1 de octubre de 2024, el CCA se mantiene en el 0,5%, pero los efectos de este cambio no serán obligatorios hasta el 1 de octubre de este año. Igualmente, el umbral de 1% no entrará en vigor hasta octubre de 2026.

El Banco de España ya había anunciado el año pasado que tenía planes de elevar gradualmente el CCA hasta alcanzar el 1,0% en dos fases: la activación inicial al 0,5% ya mencionada; y el incremento en el último trimestre de 2025 hasta el 1,0%, siempre y cuando los riegos sistémicos cíclicos se mantuvieran en un nivel intermedio.

La evaluación de estos riesgos por parte del Banco de España muestra que la situación de riesgos sistémicos cíclicos sigue siendo intermedia, a pesar de la creciente incertidumbre debido al contexto geopolítico y macrofinanciero internacional. Por lo tanto, es apropiado proceder con el aumento del CCA previamente anticipado.

Con el inicio de este proceso de información previa, se podrán enviar comentarios durante un periodo de 20 días hábiles a partir de la publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado del aviso del comienzo del período de información pública. Todas las partes interesadas pueden presentar los comentarios o puntos de vista que estimen pertinentes hasta el 6 de agosto de 2025.

Un nivel de CCA del 1% equivale a entre 0,4 y 0,5 puntos porcentuales de capital CET en porcentaje de los activos ponderados por riesgo totales. El CCA de cada entidad se calculará como una media ponderada de los CCA de todas las jurisdicciones en las que operen, siendo las ponderaciones los activos ponderados por riesgo relativos de cada jurisdicción.

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