Este viernes, la Comisión Europea ha aprobado un acto delegado que libera a entidades tanto financieras como no financieras de adherirse a normativas de sostenibilidad y protección ambiental en actividades que generan ingresos mínimos para sus negocios.
Las modificaciones, pendientes de revisión por el Consejo y el Parlamento Europeo, inciden sobre el reglamento de taxonomía de la UE, parte del paquete ‘Ómnibus I’, que define qué actividades económicas son consideradas sostenibles.
Para las empresas no financieras, se consideran actividades no esenciales aquellas que no superen el 10% de los ingresos totales, inversiones o gastos operativos, permitiendo así que las empresas reduzcan cargas administrativas y se enfoquen más en financiar y reportar sobre sus principales actividades y su impacto en la transición ecológica.
Además, dichas empresas quedarán exentas de evaluar el cumplimiento con la taxonomía en todos sus gastos operativos cuando estos no sean significativos para su modelo de negocio.
En el sector financiero, se facilitarán los principales indicadores de rendimiento, como el índice de activos verdes para los bancos, y se les ofrecerá la posibilidad de omitir el reporte de indicadores detallados de taxonomía durante dos años.
También se reducirá la cantidad de datos requeridos en los informes de taxonomía en un 64% para las empresas no financieras y en un 89% para las financieras, y se flexibilizarán los criterios de ‘no causar daño significativo’ en lo que respecta a prevención y control de la contaminación por uso y presencia de sustancias químicas.
Las nuevas normas serán efectivas tras un periodo de revisión de cuatro meses, extendible por dos meses adicionales, y las medidas simplificadas comenzarán a aplicarse desde el 1 de enero de 2026, cubriendo el ejercicio fiscal de 2025. Sin embargo, las empresas podrán optar por implementar las medidas a partir del ejercicio 2026 si así lo prefieren.