Ciudadanos denuncian ante el Defensor del Pueblo retrasos en ayudas del Kit Digital

El Defensor del Pueblo acumula quejas por retrasos y problemas de gestión en ayudas del Kit Digital y del Plan Moves III.

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El Defensor del Pueblo ha registrado reclamaciones de particulares por la demora en la resolución de expedientes de subvenciones, entre ellos los vinculados al programa 'Kit Digital'.

Así figura en el “Informe Anual 2025” del organismo, que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, entregó este martes a la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol.

En uno de los expedientes de queja, el asunto estaba relacionado “a la actuación del agente digitalizador” responsable de tramitar la ayuda del programa, integrado en la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

En su contestación, el Defensor del Pueblo trasladó al afectado que “el artículo 10.7 de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, refiere que los agentes digitalizadores adheridos están sujetos a un procedimiento de control por parte de la entidad Red.es”.

Dicho procedimiento “comprende los requisitos y obligaciones establecidas en las bases para dichos agentes y abarca de forma continua el período de vigencia del programa Kit Digital”, añadió. En consecuencia, según el Defensor del Pueblo, “la persona interesada ha de poner los hechos que le afectan en conocimiento de la entidad referida, a fin de que se adopten las actuaciones correspondientes”.

TAMBIÉN RECIBE QUEJAS DEL 'PLAN MOVES III'

El Defensor del Pueblo ha tramitado igualmente quejas de ciudadanos por la ausencia de resolución de expedientes de ayudas ligadas, en su mayoría, al “Plan Moves III”.

La tramitación de estas subvenciones puede llevarse a cabo directamente por la comunidad autónoma o mediante una entidad colaboradora. En uno de los expedientes revisados, un ciudadano expuso un conflicto tras contratar a una empresa para instalar un punto de recarga, al alegar “dificultades de comunicación con la empresa adherida y su posible cese de actividad”.

Ante este escenario, la Agencia Andaluza de la Energía comunicó que “el artículo 22.2 de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la citada agencia, por la que se convocan para el período 2021-2023 los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía (acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril), establece que la solicitud, tramitación y justificación del incentivo corresponde únicamente a la empresa adherida seleccionada por el beneficiario”.

Sin embargo, el organismo matizó que, “atendiendo a las especiales circunstancias que manifestaba el interesado, se habilitará al beneficiario la posibilidad de aportar la documentación no aportada por la entidad adherida para continuar con la tramitación del expediente”.

Además, la Agencia Andaluza de la Energía señaló que “se formalizará un procedimiento para dar respuesta a otros casos similares que pueden presentarse”.