El SEPE rectifica: los perceptores de subsidios no tendrán que declarar el IRPF
El Gobierno ha dado marcha atrás y ha eliminado definitivamente la obligación de presentar la declaración de la renta para quienes cobran un subsidio del SEPE. El cambio de criterio se ha hecho oficial a través de un Real Decreto-ley publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, que corrige una de las medidas más controvertidas de la última reforma asistencial.
Según el nuevo texto legal, los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo no estarán obligados a presentar el IRPF, al considerar que esta exigencia “excede la intención de la norma” y no encaja en el marco de la Ley General de la Seguridad Social.
A quién afecta: millones de personas con ayudas del SEPE
La rectificación afecta directamente a los perceptores de ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal, incluidos quienes cobran subsidios asistenciales. El propio Gobierno calcula que mantener la obligación habría supuesto una carga administrativa adicional para unos 2,5 millones de personas que acceden cada año a este tipo de ayudas.
Además, el 75% de estos beneficiarios tiene rentas inferiores a 5.400 euros anuales, por lo que la obligación de declarar no solo era un trámite formal, sino que podía implicar el pago de cuotas a las que no estarían sujetos según la normativa tributaria general.
Qué se anula exactamente y por qué
La obligación ahora suprimida debía entrar en vigor en 2025, con efectos sobre la renta de 2024, y se aplicaba automáticamente por el simple hecho de cobrar una ayuda del SEPE, independientemente del importe, la duración o el número de pagadores.
El Ejecutivo reconoce ahora que introducir una obligación tributaria a través de una norma del ámbito social no era adecuado. El BOE subraya que la medida iba más allá de su objetivo inicial -aportar información adicional al organismo- y podía provocar efectos indeseados, como la pérdida del derecho al mínimo por descendiente.
Evita sanciones y suspensiones de la ayuda
De haberse mantenido la norma, no presentar la declaración podía acarrear consecuencias graves: desde la suspensión inmediata del subsidio hasta la exigencia de devolución de cantidades cobradas. Todo ello queda ahora sin efecto.
La prestación por desempleo y los subsidios, actualmente en torno a los 570 euros mensuales, con reducciones progresivas, no estarán condicionados a cumplir este trámite fiscal.
El caso específico del subsidio para mayores de 52 años
Para quienes perciben el subsidio para mayores de 52 años, la eliminación de esta obligación no afecta a la Declaración Anual de Rentas (DAR), que sigue siendo obligatoria. Este trámite, que se presenta directamente ante el SEPE, sirve para comprobar que los ingresos no superan el 75% del SMI.
El DAR debe presentarse cada 12 meses y su incumplimiento sí puede suponer la interrupción del pago y de la cotización asociada al subsidio.
Alivio para los perceptores de ayudas
Con esta rectificación, el Gobierno elimina una de las principales fuentes de incertidumbre entre los perceptores de subsidios y reduce la carga burocrática sobre hogares con rentas muy bajas. Para quienes cobran una ayuda del SEPE, el mensaje es claro: en 2026 no tendrán que hacer la declaración de la renta solo por percibir un subsidio.