Este miércoles, la Comisión Europea ha iniciado procedimientos de infracción contra España y otros siete países europeos por no incorporar en su legislación nacional las recientes normativas que facilitan la inclusión de proveedores de servicios de pago no bancarios, como las entidades de dinero electrónico, en los sistemas de pago instantáneo.
Además de España, se ha requerido a Austria, Bélgica, Grecia, Países Bajos, Polonia, Portugal y Rumanía mediante una carta de emplazamiento, a causa de su fallo en la transposición de las actualizaciones en la directiva sobre la firmeza de la liquidación y la segunda directiva sobre servicios de pago.
Estas actualizaciones buscan permitir que ciertos proveedores de servicios de pago no bancarios, como las entidades de dinero electrónico, puedan operar dentro de los sistemas de pago instantáneos establecidos. Además, aseguran que estos proveedores puedan liquidar los pagos de manera eficaz y competitiva al ofrecer servicios como los pagos instantáneos a sus clientes.
Los países afectados por estos procedimientos de infracción tienen un plazo de dos meses para dar una respuesta y corregir las irregularidades indicadas por la Comisión, que podría optar por llevar el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si no recibe una respuesta adecuada.