La medida ya ha sido convalidada y modifica la Ley General de la Seguridad Social.
¿Quiénes no tendrán que hacer la Renta en 2026?
La exención afecta a los perceptores de prestaciones por desempleo.
Inicialmente, la reforma del subsidio de paro obligaba a estos beneficiarios a presentar la declaración del IRPF, aunque no alcanzaran los mínimos habituales. Ahora esa obligación desaparece.
Según el Ejecutivo, mantenerla habría supuesto una carga administrativa innecesaria para alrededor de 2,5 millones de personas que podrían acceder a prestaciones por desempleo.
Por qué Hacienda elimina esta obligación
El Gobierno justifica el cambio señalando que la exigencia de presentar la declaración tenía un carácter meramente formal.
La intención original era facilitar información adicional a la entidad gestora de las prestaciones. Sin embargo, se ha considerado que esa finalidad puede cumplirse mediante el cruce de datos fiscales que ya realiza el SEPE con la Agencia Tributaria.
Es decir: los datos necesarios ya se comprueban automáticamente, sin necesidad de que el ciudadano tenga que presentar la declaración.
Qué cambia respecto a la reforma anterior
La obligación de declarar el IRPF para quienes cobraban el paro se introdujo al equiparar esta prestación con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), donde sí existe esa exigencia.
No obstante, el Ejecutivo ha reconocido que existen diferencias sustanciales entre ambas prestaciones, tanto en su regulación como en su finalidad, por lo que ha optado por suprimir esta obligación en el caso del desempleo.
Cuándo se aplica
La medida será efectiva para el ejercicio fiscal de 2025, cuya campaña se iniciará en abril de 2026.
Por tanto, los beneficiarios de prestaciones por desempleo que no superen los límites generales de obligación de declarar no tendrán que presentar la Renta únicamente por el hecho de haber cobrado el paro.
Qué sigue igual
Siguen obligados a declarar quienes superen los límites generales establecidos en el IRPF:
- Rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales con un solo pagador.
- 15.876 euros si existen varios pagadores, en determinadas condiciones.
La eliminación afecta exclusivamente a la obligación específica introducida para los perceptores del paro.