Declaración de la Renta 2026: Hacienda confirma que 2,5 millones de personas no estarán obligadas a presentarla

Millones de contribuyentes no tendrán que presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025. El Gobierno ha eliminado la obligación de declarar el IRPF para los beneficiarios de prestaciones por desempleo, una exigencia que había sido introducida en la reforma del subsidio aprobada en 2024

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Una persona cumplimenta la Declaración de la Renta con su teléfono móvil. Eduardo Parra - Europa Press

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La medida ya ha sido convalidada y modifica la Ley General de la Seguridad Social.

¿Quiénes no tendrán que hacer la Renta en 2026?

La exención afecta a los perceptores de prestaciones por desempleo.

Inicialmente, la reforma del subsidio de paro obligaba a estos beneficiarios a presentar la declaración del IRPF, aunque no alcanzaran los mínimos habituales. Ahora esa obligación desaparece.

Según el Ejecutivo, mantenerla habría supuesto una carga administrativa innecesaria para alrededor de 2,5 millones de personas que podrían acceder a prestaciones por desempleo.

Por qué Hacienda elimina esta obligación

El Gobierno justifica el cambio señalando que la exigencia de presentar la declaración tenía un carácter meramente formal.

La intención original era facilitar información adicional a la entidad gestora de las prestaciones. Sin embargo, se ha considerado que esa finalidad puede cumplirse mediante el cruce de datos fiscales que ya realiza el SEPE con la Agencia Tributaria.

Es decir: los datos necesarios ya se comprueban automáticamente, sin necesidad de que el ciudadano tenga que presentar la declaración.

Qué cambia respecto a la reforma anterior

La obligación de declarar el IRPF para quienes cobraban el paro se introdujo al equiparar esta prestación con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), donde sí existe esa exigencia.

No obstante, el Ejecutivo ha reconocido que existen diferencias sustanciales entre ambas prestaciones, tanto en su regulación como en su finalidad, por lo que ha optado por suprimir esta obligación en el caso del desempleo.

Cuándo se aplica

La medida será efectiva para el ejercicio fiscal de 2025, cuya campaña se iniciará en abril de 2026.

Por tanto, los beneficiarios de prestaciones por desempleo que no superen los límites generales de obligación de declarar no tendrán que presentar la Renta únicamente por el hecho de haber cobrado el paro.

Qué sigue igual

Siguen obligados a declarar quienes superen los límites generales establecidos en el IRPF:

  • Rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales con un solo pagador.
  • 15.876 euros si existen varios pagadores, en determinadas condiciones.

La eliminación afecta exclusivamente a la obligación específica introducida para los perceptores del paro.