Díaz rubricará este lunes con CCOO y UGT la subida del SMI para 2026 ante Pedro Sánchez

Yolanda Díaz firma con CCOO y UGT la subida del SMI para 2026, con un alza del 3,1% hasta 1.221 euros mensuales y efectos desde el 1 de enero.

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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, formalizará mañana lunes junto a los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, el acuerdo para elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) un 3,1% desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, de modo que quedará fijado en 1.221 euros mensuales en catorce pagas, según han señalado a Europa Press fuentes del Ejecutivo.

El acto de la firma tendrá lugar en la sede del Ministerio de Trabajo a las 11.30 horas y contará igualmente con la presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tal y como han confirmado las mismas fuentes.

Con esta revisión, la nueva cuantía del SMI supera en 37 euros al mes, o en 518 euros al año, el nivel vigente en 2025 (1.184 euros mensuales y 16.576 euros anuales).

Tras la firma del pacto, el Real Decreto que incorporará la actualización del SMI se someterá previsiblemente a la aprobación del Consejo de Ministros del próximo martes, salvo que se produzcan cambios de última hora.

Con el incremento del 3,1%, el salario mínimo correspondiente a 2026 queda establecido en 17.094 euros brutos anuales y en 40,70 euros brutos diarios, con carácter general. En el caso de los trabajadores eventuales y temporeros, el SMI se fija por jornada legal en la actividad en 57,82 euros, mientras que las personas empleadas de hogar no podrán percibir menos de 9,55 euros por cada hora efectivamente trabajada.

El aumento del SMI, que se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año y que alcanzará a unos 2,5 millones de asalariados, es resultado del acuerdo cerrado a finales de enero entre el Ministerio de Trabajo y CCOO y UGT, al que no se adhirieron las organizaciones empresariales.

Se trata del sexto ejercicio consecutivo en el que el Ministerio de Trabajo pacta en solitario con las centrales sindicales la subida del salario mínimo.

Al igual que en ejercicios previos, la revisión del SMI no altera la estructura ni la cuantía de los salarios profesionales que ya vinieran percibiendo los trabajadores cuando, en su conjunto y en cómputo anual, fueran superiores al salario mínimo.

Sin embargo, deberán revisarse al alza las retribuciones fijadas en contratos o acuerdos de carácter privado que, en su conjunto y en cómputo anual, queden por debajo del SMI de 2026, en la cuantía necesaria para garantizar su percepción, conforme a las reglas de absorción y compensación actualmente vigentes.

En esta línea, aunque el Gobierno y los sindicatos han pactado, como parte del acuerdo para elevar el SMI de 2026, reformar las normas de absorción y compensación con el fin de que la subida del salario mínimo no se vea neutralizada modificando los pluses que puedan percibir los trabajadores, dicha reforma se abordará mediante otro Real Decreto distinto, aprovechando la transposición al ordenamiento jurídico español de la directiva europea sobre salarios mínimos.

Según el Ministerio de Trabajo, la decisión de tramitar dos Reales Decretos, uno para la subida del SMI y otro para la modificación de las reglas de compensación, evita retrasar en el tiempo el incremento del salario mínimo, que en cualquier caso tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero.