EEUU abre pesquisas comerciales contra la UE, China y otras potencias

EEUU activa investigaciones bajo la Sección 301 contra la UE, China y otros países por sobrecapacidad industrial y abre la puerta a nuevos aranceles.

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El Gobierno de Estados Unidos ha puesto en marcha investigaciones al amparo de la Sección 301(b) de la Ley de Comercio de 1974 sobre “las acciones, políticas y prácticas” de China, la Unión Europea, Singapur, Suiza, Noruega, Indonesia, Malasia, Camboya, Tailandia, Corea del Sur, Vietnam, Taiwán, Bangladés, México, Japón e India. Estos expedientes podrían facultar a la Administración Trump para imponer nuevos gravámenes a las importaciones procedentes de estas economías, después de que el Tribunal Supremo declarase ilegales los “aranceles recíprocos” de abril de 2025.

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), dirigida por Jamieson Greer, señaló que estas pesquisas sobre algunos de sus principales socios comerciales se centrarán en las acciones, políticas y prácticas vinculadas al exceso de capacidad y a la sobreproducción estructural en los sectores manufactureros.

El objetivo es determinar si dichas acciones, políticas y prácticas pueden considerarse irrazonables o discriminatorias y si suponen un obstáculo o una limitación para el comercio de Estados Unidos.

“Estados Unidos ya no sacrificará su base industrial a otros países que podrían estar exportándonos sus problemas de exceso de capacidad y producción”, afirmó Greer, quien subrayó que estas investigaciones reflejan el compromiso del presidente Trump con la relocalización de cadenas de suministro críticas y la creación de empleos bien remunerados para los trabajadores estadounidenses.

“En numerosos sectores, muchos socios comerciales de EEUU producen más bienes de los que pueden consumir internamente. Esta sobreproducción desplaza la producción nacional estadounidense existente o impide la inversión y la expansión de la producción manufacturera estadounidense que, de otro modo, se habrían puesto en marcha”, defendió el alto cargo, advirtiendo de que EEUU ha perdido una capacidad de producción nacional sustancial o se ha quedado “preocupantemente rezagado respecto a sus competidores extranjeros” en muchas industrias.

La Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 está concebida para hacer frente a prácticas desleales en el exterior que afecten al comercio estadounidense y puede activarse frente a actuaciones injustificables, irrazonables o discriminatorias de gobiernos extranjeros que obstaculicen o restrinjan las exportaciones e importaciones de EEUU.

Una vez abierta una investigación, el Representante Comercial de Estados Unidos debe solicitar consultas con las economías cuyas actuaciones, políticas o prácticas están bajo examen. En este contexto, la Oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos (USTR) ha pedido consultas formales a los gobiernos de China, la Unión Europea, Singapur, Suiza, Noruega, Indonesia, Malasia, Camboya, Tailandia, Corea, Vietnam, Taiwán, Bangladesh, México, Japón e India.

El periodo para remitir comentarios sobre estas investigaciones se iniciará el 17 de marzo de 2026. Para que sean tenidos en cuenta, las partes interesadas deberán presentar por escrito sus alegaciones, solicitar intervenir en la audiencia y entregar un resumen de su testimonio antes del 15 de abril de 2026. La USTR celebrará una audiencia pública sobre estos casos a partir del 5 de mayo de 2026.

“Los esfuerzos de reindustrialización de la Administración Trump siguen enfrentándose a importantes desafíos debido al exceso estructural de capacidad y producción de las economías extranjeras en los sectores manufactureros”, añadió Greer.

Desde el pasado 24 de febrero, Washington ha empezado a aplicar un nuevo arancel global del 10%, después de que el Tribunal Supremo estadounidense tumbara la mayor parte de los gravámenes impulsados por Donald Trump, al considerar que la Casa Blanca se excedió al recurrir a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés) para fijar las tarifas.

Este recargo del 10% se aplica bajo la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que otorga al presidente de EEUU la capacidad de abordar determinados problemas de pagos internacionales mediante recargos y otras restricciones especiales a las importaciones.

A diferencia de los gravámenes revocados por el Supremo, el nuevo arancel global tiene carácter temporal, ya que establece una duración de 150 días desde las 00:001 horas (Este) del 24 de febrero.

La semana pasada, el secretario del Tesoro estadounidense, Scott Bessent, avanzó que durante esos 150 días se estudiarán distintas opciones para la política arancelaria, incluidas las recogidas en las secciones 301 y 232, y anticipó que, transcurridos esos cinco meses, “las tasas arancelarias volverán a su nivel anterior”.