Economía

El Banco de España aligera las obligaciones de información financiera de las entidades supervisadas

El Banco de España reduce un tercio los estados reservados y avanza hacia un modelo de datos más granular a través de la CIR con su nueva Circular 1/2025.

2 minutos

Fachada del Banco de España, a 24 de noviembre de 2025, en Madrid (España). Jesús Hellín - Europa Press

Publicado

2 minutos

El Banco de España ha decidido reducir y simplificar las cargas de información financiera que soportan las entidades bajo su supervisión mediante una nueva circular, publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se trata de la Circular 1/2025, que introduce cambios en las obligaciones de reporte previstas en las circulares “contable” y de la Central de Información de Riesgos (CIR) del propio organismo supervisor.

Según detalla el Banco de España, la revisión tiene como finalidad mantener alineada la Circular 4/2017, conocida como “circular contable”, con las normas internacionales de información financiera vigentes en la Unión Europea (NIIF-UE). En particular, se incorporan las últimas modificaciones de la NIIF-UE 9 sobre instrumentos financieros, evitando así que se apliquen criterios contables diferentes entre las cuentas anuales individuales y las consolidadas.

Al mismo tiempo, se han actualizado los requerimientos relativos a las coberturas por riesgo de crédito asociadas al riesgo-país, que también forman parte de la circular contable.

En paralelo, la nueva circular pone en marcha un proceso para reemplazar ciertos estados financieros reservados por información granular que ya se obtiene a través de la CIR, con la finalidad de disminuir la carga de datos que se exige a las entidades. Para ello, se modifica la circular contable de forma que el último envío por parte de las entidades de los estados financieros reservados que van a ser sustituidos será el correspondiente al 30 de junio de 2026, y se adapta la Circular 1/2013 (reguladora de la CIR) para incluir nueva información granular en las declaraciones remitidas a la CIR, que hará posible prescindir de dichos estados.

De este modo, el Banco de España afirma que las peticiones de información que se dirigen a las entidades se verán “significativamente disminuidas”: en concreto, los requerimientos de datos recogidos en los estados nacionales reservados de la Circular 4/2017 se reducen “en un tercio”.

La nueva circular comenzará a aplicarse mañana martes, 30 de diciembre, sin perjuicio de las particularidades sobre la primera aplicación contempladas en la disposición final única.

Consulta pública sobre la circular ómnibus

De forma complementaria, el Banco de España recuerda que mantiene abierta una consulta pública en relación con su nueva circular ómnibus, cuyo propósito principal es ajustarse a las nuevas exigencias normativas europeas y españolas, eliminando solapamientos en los requerimientos de información. Está previsto que su tramitación concluya hacia mediados de 2026.

En este proyecto también se propone suprimir determinados requisitos adicionales de información, lo que, unido al efecto de la circular que se ha publicado hoy, implicará una disminución cercana al 50% de la información nacional reservada actualmente exigida en las Circulares 4/2017 y 2/2016.

“Este enfoque de racionalización y simplificación representa un avance decidido por parte del Banco de España en la gestión de la información requerida a las entidades financieras”, subraya el supervisor.

En consecuencia, una parte sustancial de la información necesaria pasará a recabarse a través de la CIR, aprovechando el alto nivel de detalle de los datos ya existentes. No obstante, el organismo advierte de que resulta “esencial” el “mantener y proteger la calidad de la información” que las entidades facilitan a la CIR, dada su relevancia en el nuevo marco de requerimientos informativos.