El consorcio vasco en Talgo plantea un dividendo mínimo del 30% condicionado a sus contratos de financiación

El consorcio vasco fija un dividendo mínimo del 30% en Talgo, condicionado a la financiación, y veta usar aportaciones de capital para retribuir al accionista.

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Tren de Talgo en la planta de Talgo Iñaki Berasaluce - Europa Press

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Talgo tiene previsto distribuir, como mínimo, un dividendo equivalente al 30% del beneficio neto anual “siempre que se cumplan las obligaciones legales, estatutarias y contractuales, especialmente respecto a los contratos de financiación”, de acuerdo con el pacto parasocial firmado por el consorcio vasco el pasado 17 de diciembre. Al mismo tiempo, se establece que las aportaciones de las partes y del resto de accionistas de la empresa “en ningún caso” podrán utilizarse para retribuir al accionista vía dividendo.

En la información complementaria remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sobre el acuerdo parasocial suscrito por el consorcio vasco integrado por Sidenor, Gobierno Vasco, BBK y Vital, se detalla que los firmantes se obligan a apoyar con su voto el reparto de, al menos, un 30% del beneficio consolidado anual después de impuestos “siempre que se cumplan las obligaciones legales, estatutarias y las contractuales, especialmente respecto de los contratos de financiación” que mantengan la compañía y sus filiales.

El consorcio aclara igualmente que los recursos inyectados en Talgo por las partes u otros socios, “ya sea en virtud del aumento de capital y del préstamo desembolsados”, quedarán expresamente vetados para el pago de dividendos, “en ningún caso, aun cuando se cumpliesen los requisitos previstos en la cláusula”.

Asimismo, el documento recuerda el compromiso de las partes de promover el traslado del domicilio social y fiscal de Talgo al Territorio Histórico de Álava-Araba “y el mantenimiento del mismo” mientras siga vigente el contrato parasocial.