El nuevo índice del INE para actualizar el alquiler escala al 2,32% al cierre de 2025

El índice del INE para actualizar los alquileres alcanza el 2,32% en diciembre de 2025 y será el nuevo límite para los contratos firmados desde mayo de 2023.

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Un cartel que anuncia el alquiler de una vivienda Ricardo Rubio - Europa Press

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El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha difundido este jueves el nuevo índice de referencia para la revisión anual de las rentas de alquiler, que alcanzó en diciembre una tasa interanual del 2,32%, el nivel más elevado desde que comenzó la serie en noviembre de 2024.

Con el dato de diciembre de 2025, este indicador encadena ya siete meses seguidos por encima del 2%, tras marcar el 2,29% en noviembre, el 2,25% en octubre, el 2,22% en septiembre, el 2,19% en agosto, el 2,15% en julio y el 2,10% en junio.

Los contratos de arrendamiento que deban actualizar su renta y que se hayan firmado desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán emplear obligatoriamente este índice diseñado por el INE para revisar la anualidad.

El organismo estadístico publica mensualmente este indicador, que actuará como techo para la actualización de las rentas de los contratos de vivienda, expresado con dos decimales y calculado con los últimos datos disponibles. Será la referencia que determine el porcentaje máximo al que podrán revalorizarse los contratos suscritos a partir de mayo de 2023.

Este índice integra de forma conjunta el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de variación anual de ambos en cada mes, junto con un parámetro propuesto por la Dirección General de Política Económica, vinculado al crecimiento esperado a largo plazo del propio índice.

Sobre estas diferencias se aplica un coeficiente moderador definido de forma conjunta por la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, teniendo en cuenta la situación del mercado del alquiler residencial.

Así, el índice de referencia que actuará como límite para la revisión anual de los contratos de arrendamiento de vivienda será el menor valor entre la tasa de variación anual del IPC, la de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada, calculada conforme a la metodología aprobada.

Con esta publicación, el INE da cumplimiento a la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que ordenaba definir, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, fijado como tope para impedir subidas desproporcionadas de las rentas.

Durante 2024, la revisión de las anualidades del alquiler estuvo excepcionalmente limitada al 3% por el fuerte encarecimiento de los precios asociado a la guerra de Ucrania.

Además, este tope no ha sido la única medida aprobada por el Gobierno frente a la crisis inflacionista derivada del conflicto en Ucrania. El Ejecutivo ya había restringido mediante un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos de arrendamiento en 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que tiene un máximo del 2% y no puede situarse por debajo del 0%.

Actualización de la renta en contratos anteriores a mayo de 2023

En el caso de los contratos firmados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, es decir, rubricados antes de mayo de 2023, la actualización anual de la renta continuará realizándose con el dato del IPC o del IGC, según figure en cada contrato.

Según precisaron fuentes del Ministerio de Vivienda a Europa Press, en función de lo que los inquilinos hayan acordado en los contratos de alquiler previos a mayo de 2023, la revalorización anual de la renta se llevará a cabo tomando como referencia el dato de la inflación vigente en la fecha de cada actualización o el IGC, que en ningún caso podrá superar el 2%.