El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales anunció este miércoles a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) la emisión de una orden ministerial que altera varios anexos del Reglamento General de Vehículos. Esta modificación busca potenciar la sostenibilidad del transporte de mercancías y la eficiencia de la cadena logística, elevando a 44 toneladas la masa máxima permitida.
La actualización legislativa responde a la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, que insta al Gobierno a revisar el Reglamento General de Vehículos para fomentar la sostenibilidad ambiental e incrementar la operatividad en el transporte de mercancías por carretera.
El Comité Nacional del Transporte ha participado en las deliberaciones de esta reforma, cuyo objetivo principal es aumentar la competitividad del sector y contribuir a su descarbonización mediante la reducción del número de vehículos necesarios para el transporte de mercancías.
Además, se facilita el uso y autorización de vehículos como los Euro modulares, reduciendo las cargas administrativas para las empresas del sector.
LA MASA MÁXIMA PERMITIDA: 44 TONELADAS
La orden destaca el incremento de la masa máxima autorizada de 40 a 44 toneladas para vehículos de cinco o más ejes. Se permite un aumento adicional de hasta 2 toneladas en operaciones de transporte intermodal. Se consideran también aumentos específicos para el transporte de madera en rollo en trayectos cortos y de la longitud máxima de conjuntos articulados para el transporte de elementos longitudinales.
Las modificaciones para los conjuntos euro modulares incluyen la eliminación de la necesidad de autorización para su circulación, lo que supone una reducción significativa de las cargas burocráticas. Estos vehículos podrán operar libremente según los requisitos técnicos que establezca la Jefatura Central de Tráfico, aunque estarán restringidos fuera de la red de itinerarios aprobada.
Se introduce además un aumento en la altura máxima permitida hasta los 4,5 metros para ciertos tipos de transporte. La nueva regulación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, con algunas excepciones en los plazos de aplicación según el tipo de vehículo.
