La CE expedienta a España por las sanciones de Consumo a las aerolíneas ‘low cost’

Se establece un periodo de dos meses de diálogo entre Bruselas y Madrid para resolver las diferencias sobre unas multas que seguirán vigentes

El ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, durante una sesión de control al Gobierno, en el Senado Fernando Sánchez / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 11/6/2024

La Comisión Europea ha anunciado este miércoles un procedimiento de infracción contra España por la multa de 179 millones de euros que el Gobierno impuso hace casi un año a Ryanair, Vueling Easyjet, Norwegian y Volotea por cobrar suplementos por el equipaje de mano o reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.

 Bruselas considera que la Ley de Navegación Aérea española restringe su libertad para fijar precios y da un plazo de dos meses a las autoridades españolas para responder a las irregularidades señaladas por los servicios comunitarios.

La apertura del expediente sancionador tiene la forma de una carta de emplazamiento que establece un periodo de dos meses de diálogo entre Bruselas y Madrid para resolver las diferencias. El documento insta al Gobierno a armonizar plenamente su legislación nacional con la europea en materia de servicios aéreos que establece la libertad de las compañías aéreas para fijar sus precios.

Consumo defiende la legalidad de las multas

Por su parte, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sostiene que las multas impuestas a las cinco compañías aéreas de bajo coste están fundamentadas legalmente.

Si la situación no se resuelve, podría avanzarse a la segunda fase, que incluiría el envío de un dictamen motivado y un nuevo período para el diálogo, antes de considerar la fase final que implicaría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Desde el Ministerio de Consumo, se destaca que España enfrenta actualmente 94 expedientes de esta índole, incluido uno sobre la OPA de BBVA a Sabadell, por posibles incumplimientos de la normativa bancaria europea. No obstante, se recalca que «este expediente no altera las sanciones a las cinco aerolíneas», las cuales continúan en proceso y son objeto de apelación judicial, ya que la Comisión Europea «no tiene potestad para decidir sobre la viabilidad de las sanciones o la interpretación de la normativa europea, que es competencia del TJUE».

El Ministerio liderado por Pablo Bustinduy reitera que la base legal de estas sanciones «se ajusta escrupulosamente tanto a la legislación española como la jurisdicción europea».

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