Facua logra que Vueling devuelva 50 euros por cobro indebido de equipaje de mano

Un juez en Sevilla condena a Vueling a reembolsar 50 euros a Facua por un cobro indebido en el equipaje de mano.

Archivo - El periodista y secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez.Fernando Sánchez - Europa Press - Archivo

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Sevilla ha dictado sentencia favorable al secretario general de Facua, Rubén Sánchez, obligando a Vueling a devolver los 50 euros cobrados de más en un vuelo de Lanzarote a Sevilla en julio de 2023, más los intereses legales acumulados desde el momento de la demanda, por un supuesto recargo indebido en el equipaje de mano.

Según la resolución judicial, el juez ha decidido aceptar la demanda ya que las medidas de la mochila que llevaba Sánchez cumplían con los requisitos de una maleta de cabina, permitida para acompañar al pasajero en la cabina del avión. Por lo tanto, se ordena a Vueling la restitución del importe pagado por este concepto.

El magistrado también ha hecho referencia al artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, que especifica que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo”.

La sentencia también menciona que esta no es una decisión aislada, ya que numerosos tribunales en España y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2014, han emitido fallos similares. Además, se indica que no se puede presentar un recurso de apelación contra esta decisión.

En una nota, Facua ha resaltado que esta victoria es la décima que obtienen frente a aerolíneas por cobros indebidos en el equipaje de cabina, siendo cinco de estas contra Vueling y las otras cinco contra Ryanair. Además, señalan que ya suman al menos 67 sentencias en España en este ámbito.

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