Finanzas para Todos publica claves fiscales sobre fondos y acciones para la Renta 2025

Finanzas para Todos presenta dos guías gratuitas con claves fiscales sobre fondos y acciones para ayudar a los contribuyentes en la Renta 2025.

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La iniciativa Finanzas para Todos ha difundido una serie de pautas prácticas centradas en la tributación de los fondos de inversión y de las acciones, con el objetivo de orientar a los contribuyentes ante el arranque de la campaña de la Renta 2025.

Mediante dos nuevas guías, accesibles gratuitamente en la web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Plan de Educación Financiera pretende que los inversores tengan claro “cuánto y cuándo hay que pagar por las rentas que se van generando” tras haber reembolsado fondos o vendido acciones en el último ejercicio.

El organismo subraya que, para gestionar correctamente las finanzas personales, resulta esencial determinar si existe algún beneficio fiscal aplicable o qué gastos pueden considerarse deducibles. En esta línea, se recuerda que no procede declarar las variaciones de valor de los activos mientras no se produzca su venta, ya que, por norma general, la obligación de tributar surge “en el momento de la transmisión”.

Traspasos, rendimientos y ventajas fiscales

Desde la iniciativa se explica que quienes invierten en acciones generan rendimientos principalmente por dos vías: la venta de los títulos, que origina una ganancia o pérdida patrimonial, y la percepción de dividendos, primas de asistencia o derechos de suscripción, que tributan como rendimientos del capital mobiliario.

En paralelo, se pone el foco en una de las principales fortalezas de los fondos de inversión: la posibilidad de trasladar el ahorro de un fondo a otro “sin tributar hasta el momento del reembolso definitivo”. Este diferimiento del pago de impuestos facilita ajustar la cartera “sin un impacto fiscal inmediato”, un beneficio que no se extiende a los fondos cotizados o ETF.

Compensación de pérdidas y revisión de costes

Con el fin de rebajar la factura fiscal, la guía recuerda que las pérdidas patrimoniales pueden compensarse con las ganancias generadas “durante 4 años fiscales, con ciertos límites”. Además, esta compensación puede efectuarse, bajo condiciones específicas, con los rendimientos del capital mobiliario.

También se aconseja comprobar las comisiones de compraventa, que deben incluirse en el cálculo de la plusvalía, así como los gastos de administración y depósito de valores, que tienen la consideración de deducibles en los rendimientos del capital mobiliario.

Por último, las autoridades implicadas, entre las que figuran el Banco de España y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, apelan a que los ciudadanos se informen antes de invertir, ya que la fiscalidad “puede influir en la rentabilidad final” y está expuesta a eventuales modificaciones incluso antes de que se liquide la inversión.