El líder de la CEOE ha expresado su satisfacción tras el veredicto del Tribunal Supremo, que establece que no se puede aumentar la compensación por despido improcedente en España mediante resoluciones judiciales, un veredicto que ha descrito como ‘buena noticia’.
‘Vuelve a hablar de confianza, habla de seguridad jurídica, que es de lo que nosotros hablamos’, destacó Garamendi en su intervención al finalizar la ‘Asamblea 2025’ de la CEOE.
FALLO DEL SUPREMO
El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto que la compensación por despido improcedente, regulada en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, no puede incrementarse judicialmente para adaptarse a las circunstancias específicas de cada situación.
Una reciente decisión del Supremo recalca que este aumento no implicaría la violación del artículo 10 del Convenio 158 de la OIT ni del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, donde solo se menciona que la indemnización debe ser adecuada.
Así, el Tribunal Supremo refrenda lo establecido en una sentencia anterior de diciembre, donde su Sala Cuarta ya había determinado por ‘unanimidad’, que la indemnización de 33 días de salario por año de servicio descrita en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores ‘no puede verse incrementada en vía judicial’ sin que ello suponga una infracción del artículo 10 del Convenio 158 de la OIT.
Para Garamendi, este fallo subraya la importancia de la ‘seguridad jurídica’ en España y contrarresta las afirmaciones de que es necesario ajustar la legislación española sobre despidos a la Carta Social Europea, señalando que el Supremo ha demostrado que ‘esto no es así’.
‘Volvemos otra vez a que la seguridad es lo que nosotros necesitábamos’, enfatizó Garamendi.