El Gobierno implementa medidas de apoyo para los productores de frutas, hortalizas y vino tras ser afectados por la Dana

El martes, el Consejo de Ministros refrendó un real decreto que adapta al marco normativo español las disposiciones flexibles de los reglamentos de la Unión Europea. Esto tiene como fin facilitar el acceso a ayudas económicas a los productores de frutas, hortalizas y vino que han sido perjudicados por la Dana.

Estas disposiciones son el resultado de una petición de España a la Comisión Europea para aplicar flexibilidades y excepciones temporales que ayuden a los sectores damnificados a continuar recibiendo el apoyo de sus programas operativos y de la Intervención Sectorial Vitivinícola, a pesar de los obstáculos para cumplir ciertos criterios establecidos previamente.

En consecuencia, el decreto aprobado hoy también incorpora ajustes técnicos en la legislación nacional para optimizar su implementación y facilitar los procesos administrativos.

Las flexibilizaciones son aplicables a la normativa de los programas operativos de las organizaciones de productores, aumentando la cofinanciación de la Unión Europea del 50% al 70%, permitiendo considerar la producción comercializada en casos de pérdidas mayores al 35% y eliminando el tope de gasto en medidas de prevención y gestión de crisis.

Además, se extiende hasta el 15 de agosto el plazo para realizar los gastos programados, se eliminan temporalmente ciertos límites máximos de gasto en actividades específicas y se simplifican las modificaciones de los programas operativos.

Entre los ajustes técnicos, se clarifican los criterios para el reconocimiento de organizaciones de productores y se detallan aspectos sobre la compatibilidad de los programas operativos con los ecorregímenes, los períodos de mantenimiento de inversiones y las condiciones para subvencionar ciertas acciones.

RENOVACIÓN DE VIÑEDOS DAÑADOS Y COMPENSACIONES POR PÉRDIDA DE INGRESOS

En lo que respecta al sector vitivinícola, las nuevas medidas permitirán la renovación de viñedos dañados para recuperar la capacidad productiva de los viticultores afectados, incrementando la cofinanciación hasta el 80% de los costos de renovación y aplicando compensaciones de hasta el 100% de las pérdidas de ingresos.

Se autorizará además la realización de inversiones de simple sustitución en las explotaciones dañadas. También se introducen ajustes técnicos para unificar la normativa sobre el uso ilegal del agua con otras normas de la Política Agraria Común (PAC) y para simplificar ciertos trámites administrativos.

Se adelanta al 1 de enero la fecha en la que las comunidades autónomas deben informar al Ministerio de Agricultura sobre las actualizaciones de la clasificación de las variedades de uva de vinificación, y se renueva el catálogo de variedades autorizadas.

Finalmente, se especifica el plazo para el envío de datos de proveedores y justificantes de compraventa en el ámbito vitivinícola, mejorando así el control y la transparencia en las declaraciones obligatorias.

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