Economía

Hacienda refuerza el control sobre Bizum, encarece el diésel y amplía los incentivos al coche eléctrico en 2026

Hacienda endurece el control sobre Bizum, sube la fiscalidad del diésel y amplía las ventajas al vehículo eléctrico y otras medidas fiscales para 2026.

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La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Fernando Sánchez - Europa Press

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En 2026 entrarán en vigor varias medidas clave en materia tributaria, entre ellas la obligación de que las entidades financieras remitan cada mes a la Agencia Tributaria la facturación acumulada que empresarios y profesionales hayan cobrado mediante Bizum, así como la subida de la fiscalidad del diésel y la ampliación de los incentivos ligados al vehículo eléctrico.

En lo que respecta a la información que deberán remitir los bancos, se precisa que únicamente se comunicarán los cobros percibidos por empresarios y profesionales con residencia en España, quedando fuera de esta obligación las transferencias realizadas entre particulares.

Las entidades financieras facilitarán a Hacienda datos mensuales agregados por cada empresario o profesional, sin desglosar el detalle de cada una de las operaciones.

Paralelamente, España debe aplicar a comienzos de año el incremento de la carga fiscal sobre el diésel, uno de los hitos comprometidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para poder seguir accediendo a los fondos europeos “Next Generation EU”.

Debido a las dificultades para sacar adelante esta medida en el Congreso, la Comisión Europea concedió a España una prórroga de seis meses para su puesta en marcha, de modo que la reforma debe quedar aprobada antes de que finalice el mes de enero.

Transición ecológica, eficiencia energética y vehículo eléctrico

En el marco de la transición ecológica, el Ministerio de Hacienda ha decidido extender hasta el 31 de diciembre de 2026 los incentivos fiscales para quienes acometan obras de eficiencia energética o compren un vehículo eléctrico.

En el primer caso, se mantiene la política ligada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), por la que las reformas destinadas a rehabilitar viviendas o edificios con el objetivo de reducir la demanda de calefacción o refrigeración dan derecho a deducciones en el IRPF del 20%, 40% o 60%.

Respecto al vehículo eléctrico, continúan las deducciones de hasta el 15% para los contribuyentes que adquieran un medio de transporte eléctrico “enchufable” y de pila de combustible.

Estas ventajas fiscales no se limitan al propio vehículo, sino que también abarcan la instalación de puntos de recarga asociados a estos medios de transporte.

Para ello, se prolonga durante 2026 la libertad de amortización en el Impuesto sobre Sociedades para las inversiones en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga; inversiones en vehículos nuevos eléctricos de pila de combustible (FCV), híbridos de pila de combustible (FCHV), eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV) o híbridos enchufables (PHEV), así como en nuevas infraestructuras de recarga.

Dentro de este régimen ventajoso se incluyen también las inversiones en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica o al uso térmico de consumo propio procedente de fuentes renovables o que sustituyan a una fuente fósil.

Aplazamiento de “Verifactu” hasta 2027

El sistema de facturación verificable “Verifactu”, impulsado por la Agencia Tributaria en el marco de la Ley Antifraude, estaba llamado a ser obligatorio desde el 1 de enero de 2026 para las empresas con una facturación inferior a seis millones de euros y, a partir del 1 de julio de ese mismo año, para más de 3,4 millones de autónomos.

No obstante, el Gobierno aprobó un real decreto que retrasa un año la entrada en vigor de este sistema, que persigue la digitalización de los procesos de facturación en las compañías.

En concreto, los nuevos plazos sitúan la obligación en el 1 de enero de 2027 para las empresas con una facturación inferior a seis millones de euros y en el 1 de julio de 2027 para más de 3,4 millones de trabajadores por cuenta propia.

Perceptores del paro sin obligación de declarar el IRPF

Entre las novedades que se aplicarán en 2026 figura la eliminación de la obligación de presentar la declaración del IRPF para quienes cobren la prestación por desempleo.

En marzo, el Ejecutivo ya había decidido eximir de presentar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2024 a los beneficiarios de la prestación por desempleo, cuya campaña se desarrollaba este año, posponiendo así esta exigencia hasta 2026.

Sin embargo, según recoge el BOE, para evitar que, mediante una norma propia del ámbito social, como la Ley General de la Seguridad Social, se alteren las obligaciones tributarias de las personas que perciben prestaciones por desempleo, se considera necesaria “la supresión de esta obligación de presentar declaración por IRPF”.

Exenciones por incendios forestales y ayudas por la dana

El paquete de medidas incluye también exenciones fiscales para las ayudas personales percibidas por quienes se vieron afectados por los incendios forestales del pasado verano en distintas comunidades autónomas.

Asimismo, se han prorrogado las ayudas destinadas a los damnificados por la dana de octubre de 2024 y a la reconstrucción de los municipios que sufrieron sus efectos.

Se trata de una línea de ayudas directas dirigida a los perjudicados por este episodio meteorológico extremo, a la que se suman las exenciones en IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades aplicables a los profesionales y empresas afectadas por la dana. Este conjunto de beneficios fiscales se extiende también a las entidades sin personalidad jurídica que desarrollan actividades económicas.