Ingreso Mínimo Vital: guía para pedirlo y cómo saber cuál es el estado de tu solicitud

El Ingreso Mínimo Vital llega a 776.924 hogares, lo que supone un aumento del 17,4% respecto al mismo periodo de 2024. La solicitud se puede hacer con o sin certificado digital o sistema cl@ve

Una mujer con dos niños. Seguridad Social.

Una mujer con dos niños. Seguridad Social.

El pasado mes de septiembre, con cifras del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Ingreso Mínimo Vital (IMV) llegó a 776.924 hogares en los que viven 2.369.979 personas. La cuantía media de la prestación es de 514,7 euros al mes por hogar y, en conjunto, la nómina actual asciende a 426,3 millones de euros.

Esto supone que hay 115.284 prestaciones activas más que las que había hace un año, es decir, un incremento del 17,4%.  En cuanto a la evolución de los beneficiarios, en septiembre de 2025 se contabilizan 376.420 beneficiarios más que los registrados en este mismo mes de 2024 (+18,9%).

Tanto por el perfil de los titulares como de los beneficiarios, se puede afirmar que el IMV tiene un marcado perfil femenino, donde el 67,8% de los titulares (527.042) y el 53,5% de los beneficiarios son mujeres, en concreto, 1.267.130.

¿Cómo pedir el Ingreso Mínimo Vital?

Con certificado electrónico o sistema cl@ve:

La primera opción está dirigida a quienes disponen de certificado electrónico o sistema cl@ve. En ese caso, basta con acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seleccionar el método de autenticación correspondiente. Además, si el solicitante no cuenta con estos medios, puede autorizar a otra persona con certificado digital o usuario cl@ve para que actúe en su representación legal durante el proceso.

Sin certificado digital:

La segunda vía está pensada para quienes no tienen certificado digital. El INSS mantiene activo un servicio específico que permite tramitar la solicitud sin certificado. Para utilizarlo, será necesario adjuntar documentos identificativos y el resto de la documentación exigida.

Guía para cumplimentar el formulario

Antes de iniciar la solicitud, la Seguridad Social recomienda leer detenidamente las instrucciones disponibles en la página del formulario sin certificado. Allí se especifican los pasos y la documentación necesaria. Entre los datos a aportar se incluyen:

En la misma página se pueden consultar las preguntas más frecuentes, que aclaran aspectos como los requisitos básicos para acceder al IMV, qué se entiende por “unidad de convivencia”, quién debe presentar la solicitud en nombre del hogar o cómo tramitar el complemento de ayuda para la infancia.

Documentación necesaria

Antes de iniciar el trámite conviene revisar qué documentos serán requeridos para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales. Según la Seguridad Social, los principales son:

Toda la información detallada sobre requisitos, acreditaciones, excepciones y procedimientos está disponible en la web de la Seguridad Social.

¿Cómo saber el estado de tu solicitud?

Una vez presentada la solicitud del Ingreso Mínimo Vital ante la Seguridad Social, el procedimiento pasa a fase de estudio y resolución por parte del INSS. Durante este periodo, los ciudadanos pueden consultar el estado de su expediente a través de distintos canales, en función de cómo realizaron la solicitud.

Solicitudes presentadas sin certificado electrónico:

Si la solicitud se tramitó mediante el formulario sin certificado, el solicitante habrá recibido por correo electrónico un número de referencia de ocho caracteres. Este código es esencial para cualquier consulta posterior.

Con él, es posible acceder al servicio “Gestiona la solicitud presentada” en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde se puede:

La información disponible se actualiza cada viernes, por lo que los cambios en el estado de tramitación se reflejan semanalmente.

Solicitudes presentadas con certificado digital, sistema Cl@ve o de forma presencial:

En estos casos, el solicitante recibe un número de Registro de Entrada, que por el momento no permite la consulta directa del estado. Para conocer la situación del expediente, se puede contactar con el teléfono gratuito de información del IMV (900 20 22 22), disponible de lunes a viernes no festivos, entre las 9:00 y las 14:30 horas.

Plazo de resolución y notificación

El INSS dispone de un plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada de la solicitud en su registro para dictar resolución sobre el Ingreso Mínimo Vital y notificarla a la persona interesada.

Si transcurrido ese tiempo no se ha recibido respuesta, no es necesario presentar una nueva solicitud ni reclamar expresamente. La ley garantiza que la petición no se considera denegada por silencio administrativo una vez superado el plazo.

Posibles estados del expediente

Durante la tramitación, el expediente del IMV puede encontrarse en alguno de los siguientes estados administrativos:

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