En una reciente propuesta legislativa presentada en el Congreso, Junts ha sugerido la implementación de un sistema para condonar la deuda municipal, inspirado en el modelo previamente propuesto por el Gobierno para las comunidades autónomas.
La iniciativa, liderada por Carles Puigdemont y reportada por Europa Press, se ha introducido mediante una enmienda durante la transposición de una directiva europea sobre fiscalidad de las criptomonedas, denominada ‘DAC 8’. Aunque aún no se ha debatido, la propuesta requiere una mayoría para ser incluida en la legislación.
El propósito de esta medida es establecer una disposición adicional que permita la condonación de deudas municipales, siguiendo el precedente autonómico, para reducir la carga financiera de los ayuntamientos y mejorar su capacidad de inversión y prestación de servicios. En un esfuerzo similar, el Gobierno planteó perdonar aproximadamente 83.000 millones de euros de deuda autonómica, que serían absorbidos por el Estado.
REDUCIR BUROCRACIA PARA LOS AYUNTAMIENTOS
Además, el partido de Míriam Nogueras ha propuesto varias reformas para disminuir la carga burocrática de los ayuntamientos, incluyendo la exención de presentar un Plan Económico y Financiero para aquellos sin déficit estructural. Esta medida busca eliminar imposiciones administrativas ‘innecesarias’ en entidades locales financieramente estables. Junts también sugiere ajustar la regla de gasto para excluir los gastos urgentes y extraordinarios destinados a emergencias sociales o económicas, sin violar las normativas existentes.
Además, se propone una revisión de la fórmula para calcular la Participación en los Tributos del Estado, considerando la evolución real de los gastos municipales y garantizando recursos adecuados para los servicios municipales. También se busca reconocer a entidades supramunicipales como beneficiarias de estos fondos, asegurando así una financiación estable y suficiente.
Por último, se ha propuesto una modificación para que las áreas metropolitanas puedan aplicar un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, con tasas diferenciadas según el tipo de inmueble, basándose en la base liquidable en lugar de la imponible.











