La CNMC lanza un Registro de alias para frenar las estafas por SMS

La CNMC pone en marcha un Registro de alias para verificar remitentes de SMS y bloquear estafas de smishing a partir de junio de 2026.

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Un ejemplo de Sacyl sobre un intento de fraude SACYL

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado luz verde a la circular que regula el nuevo Registro de alias, una herramienta que “permitirá verificar los nombres o marcas que aparecen como remitentes en los mensajes SMS, MMS o RCS enviados a números españoles”.

Con esta iniciativa se pretende atajar las estafas de suplantación de identidad, conocidas como 'smishing', y “devolver la confianza” a los usuarios en las comunicaciones electrónicas.

El regulador ha explicado que, una vez que la norma esté plenamente operativa, solo se entregarán a los destinatarios aquellos mensajes cuyos alias estén “previamente inscritos en el registro y asociados a entidades legítimas”. Así, cualquier compañía que quiera mandar avisos utilizando el nombre de su marca tendrá que inscribirse antes; si no lo hace, los operadores “estarán obligados a bloquear el envío”.

Bloqueo obligatorio a partir de junio de 2026

La CNMC ha detallado que las operadoras de telefonía y los proveedores de mensajería deberán comenzar a bloquear los mensajes procedentes de alias no registrados o de empresas no autorizadas desde el 7 de junio de 2026. Con ello se busca “proteger a los consumidores” frente a los delincuentes que se hacen pasar por bancos o compañías conocidas para dar apariencia de legitimidad.

El organismo ha aclarado que en el registro se incluirán todos los identificadores alfanuméricos utilizados como remitente. Para inscribirse, tanto empresas privadas como administraciones públicas tendrán que demostrar su relación con la marca, el nombre comercial o el dominio que quieran emplear y ajustarse a las condiciones técnicas fijadas en la circular.

Calendario de implantación y mayor transparencia

Respecto al despliegue del sistema, la circular fija un periodo transitorio. Los proveedores de servicios de mensajería contarán con un mes desde su publicación en el BOE para efectuar cargas masivas de alias y dispondrán de tiempo para realizar pruebas técnicas en sus plataformas hasta el 6 de junio de 2026.

Además, el regulador ha subrayado que las obligaciones de bloqueo “también afectarán a los mensajes procedentes de empresas extranjeras que no estén inscritas en España”, salvo para los usuarios que se encuentren en itinerancia (roaming), que quedan exentos.

Para incrementar la seguridad y la claridad en el mercado, la CNMC pondrá en marcha en su web un portal público de consulta. Mediante este servicio, los usuarios finales podrán verificar qué alias están dados de alta y quién figura como titular legítimo, lo que, según la institución, “contribuirá a aumentar la transparencia en el sector de las comunicaciones”.

La medida se integra en la Orden TDF/149/2025, aprobada en febrero, orientada específicamente a combatir el aumento de las estafas a través de llamadas y mensajes fraudulentos en España.