Economía

La CNMC no detecta a priori efectos anticompetitivos en los contratos internos del Grupo Aena

La CNMC concluye que los contratos internos del Grupo Aena para aparcamientos, salas VIP y accesos Fast no generan, a priori, distorsiones de competencia.

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Nueva sala VIP en la T1 de Barajas. AENA

Nueva sala VIP en la T1 de Barajas. AENA

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un informe en el que concluye que no observa, "a priori", distorsiones de la competencia en los contratos internos del Grupo Aena relativos a la prestación de servicios de aparcamiento, salas VIP y accesos 'Fast'.

El regulador ha revisado la fórmula de contratación mediante la cual la matriz Aena ofrecerá estos servicios a los trabajadores de sus sociedades dependientes: el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia (Ascairm) y Aena Desarrollo Internacional (ADI).

En sus consideraciones finales, la CNMC indica que la contraprestación acordada entre la matriz y sus filiales se limita a actividades concretas, "sin que aparentemente exista expansión a otras actividades conexas".

Además, el documento remarca que no se aprecian señales de que los precios pactados se aparten de los niveles de mercado y resalta que se han suprimido las cláusulas de cesión y subcontratación que figuraban en el borrador inicial.

Condiciones de la contratación pública

Las empresas integradas en el Grupo Aena -controlado en un 51% por Enaire- forman parte del sector público, por lo que sus contratos deben ajustarse a los principios básicos de la contratación pública: publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.

Sin embargo, la normativa vigente desde 2021 permite la adjudicación directa entre entidades pertenecientes a un mismo grupo, siempre que se remita una solicitud de valoración previa a la CNMC para asegurar que no se modifican las condiciones de competencia en el mercado.

La CNMC ha aclarado que el contenido de este informe no condiciona ni limita eventuales actuaciones futuras en el marco de sus competencias de supervisión y potestad sancionadora.