Economía

La CNMC sanciona a UFD (Naturgy) con 5 millones por limitar la competencia en contadores eléctricos

La CNMC multa a UFD, distribuidora de Naturgy, con 5,08 millones y le veta contratar con el sector público por restringir la competencia en contadores eléctricos.

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La CNMC sanciona a UFD (Naturgy) con 5 millones por limitar la competencia en contadores eléctricos

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 5,08 millones de euros a UFD Distribución Electricidad, filial distribuidora del Grupo Naturgy, por restringir la competencia en el mercado de instalación de determinados equipos de medida eléctrica, en concreto contadores, entre mayo de 2018 y mayo de 2021, según ha comunicado el organismo.

La CNMC considera que UFD ha cometido una infracción muy grave del artículo 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (LDC), así como del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por lo que acuerda la citada multa económica.

El expediente se abrió tras la denuncia presentada por Axon Time y Enerlin Ingenieros contra la distribuidora de Naturgy por posibles prácticas contrarias a la normativa de competencia. A raíz de ello, en abril de 2023 la CNMC llevó a cabo inspecciones en dos sedes del grupo Naturgy y, en noviembre de ese mismo año, inició formalmente el procedimiento sancionador contra UFD.

El regulador recordó que “el derecho de la competencia exige que las empresas en posición de dominio sean especialmente responsables de no restringir la competencia ni en el mercado que dominan ni en los mercados conexos” y remarcó que, en particular, “la realización de actuaciones sin amparo normativo que tengan la capacidad de producir efectos de exclusión será abusiva, con independencia de la intencionalidad de la conducta”.

En esta resolución, el organismo presidido por Cani Fernández concluye que UFD realizó una interpretación errónea de la obligación de integrar todos los contadores del segmento doméstico en los sistemas de telegestión de la distribuidora, extendiéndola indebidamente a ciertos contadores del segmento industrial (tipos 3 y 4).

Según Competencia, esta actuación derivó en la imposición de exigencias no contempladas en la regulación y en la negativa o demora en la instalación y puesta en servicio de equipos de medida pertenecientes a otras empresas de servicios de medida y a clientes industriales.

Aunque la compañía modificó internamente esta interpretación en mayo de 2021, la CNMC subraya que, hasta ese momento, “con sus prácticas restringió la competencia y la capacidad de elección de los consumidores y operadores alternativos”.

Fuentes de UFD consultadas por Europa Press recalcaron que, tal y como recoge la propia resolución de la CNMC, ya se procedió a corregir la interpretación equivocada de la normativa.

Prohibición de contratar con el sector público y nuevas obligaciones

Además de la multa económica, la CNMC establece que UFD no podrá contratar con el sector público en todo el territorio nacional durante cuatro meses. Esta prohibición alcanza a contratos de obras, suministros y servicios relacionados con la instalación de equipos de medida eléctrica y su puesta a disposición en puntos de suministro de baja tensión afectados por la conducta, salvo en los casos en que la distribuidora de Naturgy esté obligada a intervenir por la normativa sectorial.

El regulador impone también obligaciones específicas de cumplimiento y de información. Entre ellas, la de activar los equipos de telemedida de terceros ya instalados y permitir la instalación y activación de nuevos dispositivos cuando así lo soliciten los clientes.

Asimismo, UFD deberá autorizar la instalación de equipos de medida eléctrica que cuenten con cobertura normativa, informar a los titulares de los puntos de suministro afectados por estas prácticas y publicar en su página web el detalle de las nuevas obligaciones que asume.

La resolución no es firme. La compañía dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, para presentar directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.