La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha rechazado el recurso de apelación presentado por Baleària contra el auto de la magistrada del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Palma, que había denegado las medidas cautelares solicitadas por la naviera para dejar sin efecto la cuota máxima de vehículos autorizados a entrar en Eivissa.
Según ha detallado el Consell en un comunicado, en su resolución el Tribunal subraya que, frente al interés económico y privado de la compañía recurrente, debe prevalecer el interés público que inspira la normativa, centrado en la sostenibilidad medioambiental y socioeconómica de la isla, unos fines que cuentan con reconocimiento institucional.
De este modo, el Tribunal acuerda desestimar el recurso y condenar a la parte recurrente al pago de las costas procesales, fijadas con un tope de 1.000 euros. Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación ante la misma Sala.