La nueva Ley de Prevención incluirá el ciberacoso y la violencia digital como riesgo psicosocial laboral

Trabajo y los sindicatos pactan reformar la Ley de Prevención para regular los riesgos psicosociales e incluir el ciberacoso y la violencia digital.

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Una trabajadora en su oficina EUROPA PRESS

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El pacto para modificar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, rubricado este martes por el Ministerio de Trabajo junto a CCOO y UGT, contempla la elaboración de una norma específica para abordar los riesgos psicosociales de origen laboral, del mismo modo que ya existen disposiciones concretas para otros tipos de riesgos, como los biológicos o los químicos.

Según ha señalado UGT, la reforma incorporará la definición de violencia y acoso en el trabajo en coherencia con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En esta definición, ratificada por España, se establece que dichas conductas pueden suceder una sola vez o de manera reiterada e incluye la realizada a través de las nuevas tecnologías o por uso de algoritmos o Inteligencia Artificial.

Con este marco, Trabajo se compromete a sacar adelante un reglamento de desarrollo sobre la protección de la seguridad y la salud frente a los riesgos psicosociales, donde se reconocerá de forma expresa el acoso laboral, incluyendo el ciberacoso y la violencia digital.

Además, UGT detalla que los delegados de prevención de riesgos verán incrementado en un 20% su crédito horario, se impulsará el apoyo a las pymes mediante la figura del agente territorial de prevención y se asegurará que los representantes de los trabajadores sean consultados cuando se elija la mutua de accidentes de trabajo.

El documento, que iniciará su recorrido como anteproyecto de ley, prevé también la bonificación de la formación obligatoria en prevención de riesgos laborales en empresas de menos de 10 trabajadores, y establece que los delegados deberán disponer, como mínimo, de formación de nivel básico adaptada a cada sector.

Según UGT, se rebajarán igualmente los umbrales para que las compañías estén obligadas a contar con servicios de prevención propios (300 personas, 150 en actividades peligrosas) y se fijará en 10 el número máximo de trabajadores para que el empresario pueda asumir personalmente la actividad preventiva.

El acuerdo alcanzado entre Trabajo y CCOO y UGT incluye además la aprobación de un reglamento específico sobre la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores frente al cambio climático.

Actualización normativa y nuevos riesgos

El propósito de la reforma es poner al día el marco preventivo, modificando la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en vigor desde 1995, así como el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Este último se revisará en lo relativo a la acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención, la memoria de actividades preventivas y la autorización para realizar auditorías de los sistemas de prevención de las empresas, con el fin de ajustarlo a los cambios que se introduzcan.

Con carácter general, la actualización pretende dar visibilidad a riesgos que han ido ganando peso en los entornos de trabajo, como los ligados a factores psicosociales, los impactos del cambio climático y del trabajo a distancia, así como los derivados de una insuficiente desconexión digital.

Asimismo, se busca integrar la perspectiva de género en la gestión de la prevención de riesgos laborales, con la finalidad de garantizar la protección de todos los trabajadores, hombres y mujeres, en condiciones de igualdad.

La reforma aspira también a incorporar la dimensión de la edad y la diversidad generacional en la planificación preventiva de las empresas, asegurando, cuando sea necesario, la adaptación de las tareas a la evolución de las capacidades psicofisiológicas de la plantilla.

Paralelamente, se pretende reforzar la protección de las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia; impulsar la prevención de accidentes y enfermedades mediante una mayor sensibilización y una mejor gestión de los riesgos psicosociales y ergonómicos; fortalecer la estructura preventiva interna de las empresas con un mayor protagonismo de los trabajadores con funciones preventivas, y consolidar la figura de los agentes territoriales de prevención para mejorar la seguridad y salud laboral en centros sin representación sindical, especialmente en pymes.

Entre los objetivos adicionales figura mejorar el funcionamiento de las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención y de los registros donde constan inscritas, así como revisar la formación exigida a quienes desempeñan funciones preventivas de nivel básico, intermedio y superior.

Según los firmantes, la reforma pretende dar respuesta a los riesgos emergentes del siglo XXI, como los riesgos psicosociales, la salud mental, el cambio climático, la digitalización y el trabajo a distancia. Además de combatir la siniestralidad laboral, se busca avanzar en la detección de enfermedades profesionales.