La patronal de micropréstamos plantea a Economía adoptar el modelo británico para fijar los ‘topes’ de estos créditos

Aemip pide a Economía que tome como referencia el modelo británico para limitar el coste de los micropréstamos y evitar que el canal regulado quede fuera de juego.

3 minutos

Imagen de archivo de monedas de euro. EUROPA PRESS

Publicado

3 minutos

La Asociación Española de Micropréstamos (Aemip) ha trasladado al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa la conveniencia de tomar como referencia el esquema británico a la hora de fijar los límites de coste de los créditos de alto interés, al considerar que el sistema diseñado por el Gobierno podría hacer "inviable" el modelo regulado de micropréstamos.

Esta propuesta forma parte del conjunto de alegaciones que la patronal ha remitido a Economía en relación con el anteproyecto de ley con el que el Ejecutivo pretende incorporar al ordenamiento español las nuevas directivas europeas sobre crédito al consumo.

De forma general, la asociación valora de manera positiva el impulso normativo y celebra que el texto preliminar identifique al sector del micropréstamo como un "actor profesional a considerar en el sistema financiero".

No obstante, Aemip indica que ha presentado observaciones para que el articulado definitivo resulte "realista y proporcionado", recordando que la experiencia de las entidades asociadas en otros países demuestra que un exceso de regulación "puede ser contraproducente". "La demanda de financiación de emergencia no desaparece, sino que tiende a desplazarse hacia mercados y operadores no regulados, generando precisamente el efecto contrario al deseado, que es proteger al consumidor", subraya la organización.

Entre las objeciones, sobresalen las relativas al sistema de límites a los costes de los micropréstamos. La patronal afirma coincidir con la necesidad de "acotar y hacer comprensible" el precio del crédito y considera que hay mecanismos para que el modelo previsto en el anteproyecto "se ajuste a la realidad económica" de los préstamos de bajo importe y vencimiento muy breve.

Sin embargo, avisa de que, en los términos actuales, "podría hacer inviable el modelo de micropréstamo regulado, penalizando al canal formal frente a alternativas informales sin control".

En este contexto, Aemip plantea estudiar un sistema inspirado en el modelo británico para micropréstamos de alto coste, con "'topes' claros y predecibles" que "permitan proteger al consumidor sin eliminar la viabilidad económica de la oferta regulada".

La asociación detalla que el esquema británico (HCSTC, por sus siglas en inglés) se articula en torno a tres límites "muy claros" fijados por la Financial Conduct Authority (FCA): un máximo diario del 0,8% de intereses sobre el capital, que engloba todos los intereses y comisiones mientras el préstamo está vigente; un tope de 15 libras en comisiones por impago; y un límite absoluto al coste total del crédito, de forma que el cliente nunca llegue a abonar, en intereses, comisiones y recargos, más del 100% del capital recibido.

Según Aemip, con la traslación de este modelo sería posible "preservar una oferta regulada, transparente y responsable, evitando que los consumidores más vulnerables tengan que recurrir a soluciones opacas y sin supervisión".

DURACIÓN MEDIA DE 22 DÍAS

La patronal también ha planteado reparos a la duración mínima de tres meses que el anteproyecto prevé para este tipo de microcréditos. Advierte de que dicho plazo podría "prolongar innecesariamente" la deuda y "encarecer" el coste global, cuando el micropréstamo es una herramienta concebida, recuerda, para atender necesidades puntuales de liquidez a muy corto plazo.

"En la práctica, el mercado ya ofrece plazos más largos, pero el cliente no los utiliza. La mayoría de los miembros de Aemip comercializa productos con vencimientos de tres y cuatro meses. Sin embargo, solo alrededor de un 10 a 15% de los consumidores opta por esas duraciones. Entre el 70% y el 80% de los clientes amortiza el préstamo de forma anticipada y el plazo medio real de uso es de 22 días", detalla la asociación.

Por ello, defiende un planteamiento "más flexible" que permita ajustar el plazo de devolución a la capacidad de pago del consumidor, manteniendo al mismo tiempo las garantías de información y el derecho de desistimiento.

PERIODO DE REFLEXIÓN PREVIO

La organización sectorial se pronuncia asimismo sobre la introducción de un periodo mínimo obligatorio de reflexión antes de que el usuario pueda formalizar el contrato de crédito. Considera que, en el caso de los micropréstamos, diseñados para cubrir urgencias e imprevistos, este requisito puede resultar también "contraproducente". Respalda la necesidad de que el cliente disponga de información "clara, comprensible y suficiente", pero cuestiona la utilidad de imponer este lapso de espera en este producto concreto.

"No añade protección sustancial allí donde ya existen información precontractual reforzada, derecho de desistimiento y derecho de reembolso anticipado. Sí puede, en cambio, frustrar el acceso ágil a financiación regulada en situaciones en las que el tiempo es un factor crítico (reparaciones, sustitución de bienes básicos, etc)", argumenta la patronal.

Para estos supuestos, Aemip plantea que la protección del consumidor se base principalmente en una información "clara" y en derechos "efectivos" tras la firma del contrato, "evitando demoras que desvirtúen la finalidad del producto y empujen al consumidor a buscar soluciones fuera del ámbito regulado".