El Gobierno ha incrementado de 32,60 a 33,62 euros la cotización adicional que deben abonar las empresas al finalizar los contratos temporales de menos de 30 días, como resultado del alza de las bases mínimas de cotización fijadas para este ejercicio, según se detalla en la orden que desarrolla las normas legales de cotización publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta penalización, vigente con efectos retroactivos desde el 1 de enero y creada en el marco de la reforma laboral de 2021 para atajar la elevada temporalidad y la elevada rotación en el empleo, se determina a partir de la base mínima de cotización diaria del grupo 8 (oficiales de primera y segunda). Dicha base, al igual que el resto de bases mínimas, se ha elevado un 3,1% para 2025, en línea con la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en el mismo porcentaje.
La sobrecotización que soportan los empleadores por formalizar contratos de muy corta duración no se aplica a los contratos de trabajadores encuadrados en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar ni en el Régimen Especial para la Minería del Carbón. Tampoco afecta a los contratos por sustitución, a los contratos para la formación y el aprendizaje ni a los contratos para la formación en alternancia.
Asimismo, esta penalización queda excluida de la relación laboral especial de las personas artistas que trabajan en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que desempeñan actividades técnicas o auxiliares imprescindibles para el desarrollo de dichas actividades.
Incorporada en la reforma laboral de 2021, esta medida se diseñó como un instrumento para disuadir a las empresas de recurrir de forma habitual a contratos de muy breve duración, de apenas unos días o de menos de cuatro semanas.
Un tercio de los contratos no supera el mes
Según la estadística de contratos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) correspondiente a febrero, último mes con datos disponibles, en ese periodo se firmaron 1.118.996 contratos laborales, de los que casi un tercio (el 31,2%) tenía una duración igual o inferior a un mes.
En concreto, la estadística, a la que ha tenido acceso Europa Press, muestra que en febrero se formalizaron 349.266 contratos con una duración igual o inferior a 30 días.
De ese total, 232.540 contratos, el 20,7% del conjunto de la contratación de febrero, tenían una duración igual o inferior a una semana, mientras que 54.703 contratos fijaban una duración de entre 8 y 15 días y 62.023 contemplaban una duración de entre 16 días y un mes.
De los 1.118.996 contratos registrados en febrero, 494.001 fueron indefinidos, un 1,9% más que en el mismo mes de 2025 y equivalentes al 44,1% de todos los contratos firmados en el segundo mes del año, una proporción superior a la de enero, cuando los contratos fijos supusieron el 41,6%.
Dentro de la contratación indefinida, en febrero se firmaron 229.651 contratos a tiempo completo, un 0,2% menos que en el mismo mes del año anterior; 133.764 contratos fijos-discontinuos (+2,6% interanual) y 130.586 contratos indefinidos a tiempo parcial (+7,8%).
De todos los contratos suscritos en febrero, 624.995 fueron temporales, un 1,3% más que en el mismo mes de 2025. En conjunto, estos contratos supusieron el 55,8% de la contratación del segundo mes de 2026.
En los dos primeros meses del año se han formalizado 2,28 millones de contratos, un 1,3% menos que en el mismo periodo de 2025, de los que 978.296 han sido indefinidos (-1,2%) y 1,3 millones, temporales (-1,4%).