La UE relaja las obligaciones ambientales de las empresas para reducir la carga administrativa

La UE suaviza las normas de sostenibilidad y diligencia debida, concentrándolas en grandes empresas y reduciendo la carga administrativa para pymes.

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Sede del Consejo Europeo, a 23 de octubre de 2025, en Bruselas (Bélgica). Ana López García - Europa Press

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Los Veintisiete han dado luz verde este martes a una reforma que reduce las exigencias de sostenibilidad y diligencia debida que obligan a las empresas a informar sobre el impacto ambiental y social de su actividad, centrándolas en las grandes corporaciones y flexibilizando varios de los requisitos actuales.

Con esta decisión, la Unión Europea pretende disminuir la burocracia y apuntalar la competitividad económica, en particular la de las pequeñas y medianas empresas, en el marco de su agenda de simplificación normativa.

Con las nuevas reglas, solo las grandes compañías con más de 1.000 empleados y una facturación anual superior a 450 millones de euros tendrán que presentar informes de sostenibilidad. Las empresas de menor dimensión quedarán fuera de estas obligaciones y estarán protegidas frente al riesgo de que grandes socios comerciales les trasladen responsabilidades de información.

Asimismo, la reforma acota la obligación de las empresas de identificar y prevenir impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente a las compañías con más de 5.000 empleados y un volumen de negocio superior a 1.500 millones de euros, tanto de la UE como de terceros países que operen en el mercado comunitario.

Estas compañías deberán analizar los riesgos vinculados a su actividad y a su cadena de suministro, aunque podrán centrar sus controles en los ámbitos donde exista mayor probabilidad de impactos negativos y limitar las solicitudes de información a socios comerciales de menor tamaño cuando no puedan conseguirla por otras vías.

La reforma elimina la obligación de aprobar un plan específico de transición climática y suprime el régimen armonizado de responsabilidad civil a escala europea, dejando en manos de cada Estado miembro la aplicación de sanciones. En este marco, el tope máximo de las multas se mantiene en el 3% de la facturación neta mundial de la empresa.

Además, se concede un año adicional para que los países adapten la directiva a su legislación nacional, hasta el 26 de julio de 2028, y las compañías deberán ajustarse a las nuevas exigencias antes de julio de 2029.