Los trabajadores por cuenta propia que estén cotizando por la base mínima abonarán este año a la Seguridad Social cuotas mensuales que irán desde los 200 hasta los 590 euros, en función de sus rendimientos netos.
Se trata de las mismas cuantías que ya satisfacían en 2025, después de que el Gobierno optara por congelar las cuotas de cara a 2026 mientras se intenta cerrar un pacto con las asociaciones de autónomos y los agentes sociales para culminar el modelo en el que el colectivo cotiza según sus ingresos reales.
Este esquema de cotización, pactado con las principales organizaciones de autónomos, comenzó a aplicarse a inicios de 2023 y contempla un periodo transitorio de nueve años, hasta 2032.
El sistema incluye 15 tramos de cuotas que en 2024, tomando como referencia la base mínima, se situaron entre 225 y 530 euros, y que en 2025 quedaron fijados entre 200 y 590 euros mensuales, importes que se mantendrán este ejercicio.
Los autónomos pueden modificar su tramo cada dos meses, con un máximo de seis cambios anuales, para ajustar su cotización a la previsión de ingresos de cada momento del año y a la evolución de su actividad.
Los rendimientos netos se determinan restando de los ingresos todos los gastos vinculados al desarrollo de la actividad y necesarios para generar esos ingresos.
Sobre esa cifra se aplica además una deducción por gastos genéricos del 7% (3% en el caso de los autónomos societarios). El resultado final es el que fija la base de cotización y la cuota que corresponde pagar.
Los trabajadores por cuenta propia deben comunicar a la Seguridad Social su previsión de rendimientos anuales, con la posibilidad de ajustar la cuota hasta seis veces durante el año si sus ingresos cambian de forma significativa.
Al cierre del ejercicio fiscal, y una vez conocidos los rendimientos netos definitivos, se lleva a cabo una regularización de las cotizaciones: se devolverán o reclamarán cuotas si el tramo definitivo de ingresos queda por debajo o por encima del que se tomó como referencia durante el año.
Con este nuevo modelo, cualquier persona que haya estado dada de alta en el Régimen de Autónomos, aunque solo sea un día, está obligada a presentar la declaración de la Renta.
Antes de la implantación del sistema actual, únicamente tenían esta obligación los autónomos personas físicas que en el año anterior hubieran superado los 1.000 euros de rendimientos netos en su actividad.
Cuotas por tramos de ingresos
Para el nuevo año que comienza este jueves, las cuotas mensuales de un autónomo que cotice por la base mínima y tenga rendimientos netos de menos de 670 euros al mes y hasta 1.700 euros se situarán entre 200 y 294 euros, según el tramo de ingresos en el que se ubique y la base de cotización asociada.
Estos importes (rendimientos netos de hasta 670 euros y desde esa cantidad hasta 1.700 euros mensuales) abarcan los seis primeros tramos del sistema.
Para quienes declaren rendimientos netos superiores a partir de 1.700 euros, las cuotas oscilarán entre 350 y 590 euros si optan por cotizar por la base mínima.
En el caso de un autónomo con rendimientos netos por encima de 3.620 euros y hasta 4.050 euros mensuales o igual a ese importe (tramo 13) y que cotice por la base mínima, la cuota será de 490 euros al mes.
En el último tramo, el decimoquinto, se sitúan todos los autónomos con rendimientos netos por encima de 6.000 euros mensuales. Su cuota para este 2026, si mantienen la base mínima, será de 590 euros al mes, lo que implica 60 euros más que en 2024 y 90 euros más que en 2023.
Subida adicional por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional
Además, desde este jueves, 1 de enero, aumenta la sobrecotización asociada al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), destinado a reforzar el Fondo de Reserva de las pensiones.
En concreto, la cotización del MEI se situará en el 0,9% en 2026, frente al 0,8% aplicado este año, tanto para autónomos como para asalariados, con independencia del nivel de salario.