El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha extendido el período para recibir comentarios públicos sobre su nuevo decreto, que estará abierto hasta el 21 de julio. Este decreto regula el procedimiento administrativo para procesar las solicitudes de indicaciones geográficas protegidas (IGP).
Según un comunicado del departamento liderado por Luis Planas, el decreto también abarca las denominaciones de origen protegidas (DOP) y las especialidades tradicionales garantizadas (ETG) dentro del registro comunitario. Además, gestionará las modificaciones a los documentos de condiciones y su anulación, y los procesos para las declaraciones de oposición en la etapa nacional.
El decreto propuesto igualmente regulará la comercialización de vino y productos agrícolas bajo DOP o IGP, y actualizará aspectos del control oficial sobre estos sellos de calidad de alcance nacional y supraautonómico.
La iniciativa surge en respuesta al Reglamento (UE) 2024/1143, efectivo desde el 11 de abril de 2024, que establece normas sobre las IGP para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, además de las ETG y otros términos de calidad.
Este nuevo decreto sustituirá al Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, adaptando la legislación nacional a los estándares europeos y optimizando los procedimientos administrativos para reducir la carga burocrática.
«Además de regular el procedimiento nacional para las DOP e IGP cuyo ámbito territorial sea superior al de una comunidad autónoma y para las ETG, determinados preceptos serán también de aplicación con carácter de legislación básica a aquellas figuras de calidad diferenciada cuyo ámbito territorial se circunscriba solamente al de una comunidad autónoma y que administrativamente dependen, por tanto, de la correspondiente Administración autonómica», ha indicado el Ministerio de Agricultura.
La normativa también contempla mecanismos de coordinación entre las autoridades competentes de las comunidades autónomas y del Ministerio a través de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada.