El año pasado, las quejas presentadas ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por cambios no autorizados de compañía eléctrica debido a errores en los códigos de suministro (CUPS) en los nuevos contratos disminuyeron cerca de un 30% desde los máximos de 2022.
En detalle, las quejas totales por cambio de proveedor sin consentimiento derivadas de un ‘cruce de CUPS’ fueron 95 en 2024, lo que representa una disminución del 4% en comparación con el año anterior y ese casi 30% menos en relación con el pico de 135 reportado en 2022, según el informe de la CNMC sobre la asignación incorrecta de CUPS en el sector eléctrico.
En 2023, bajo la dirección de Cani Fernández, la CNMC implementó varias medidas a compañías como Endesa Energía, Naturgy Iberia, Iberdrola Clientes y HolaLuz Clidom para prevenir cambios de comercializador indebidos.
Anteriormente, las denuncias por este motivo habían aumentado un 360% en 2021 y continuaron creciendo hasta alcanzar cifras récord en el primer semestre de 2022. Estas representaban hasta el 31% del total de quejas por cambios sin consentimiento.
Del conjunto de denuncias en 2024, el 70% correspondió a los cuatro agentes sujetos a la decisión de la CNMC y el 30% a otros proveedores, con un total de 66 y 29 quejas, respectivamente.
FACTURACIÓN POR EL CONSUMO DE UNA VIVIENDA O LOCAL AJENO
Un ‘cruce de CUPS’ ocurre cuando a un usuario que solicita un cambio de compañía eléctrica se le asigna por error el CUPS de otro cliente; como resultado, se le factura por el consumo de un lugar que no es suyo.
El consumidor que ‘pierde’ su CUPS habitual dejará de recibir servicio de su proveedor habitual y no conocerá el nombre del comercializador que hizo el cambio por error, lo que complicará cualquier reclamación.
En el peor escenario, el error podría llevar a un corte de suministro si el consumidor afectado cancela el contrato o deja de pagar las facturas, recibiendo una doble facturación.
Las medidas adoptadas por la CNMC incluyen la obligación de mostrar claramente al cliente el titular, dirección y CUPS durante la contratación y confirmar estos datos si hay discrepancias.
Además, en caso de asignación errónea, se tomaron precauciones adicionales y se eliminó la posibilidad de un ‘cruce de CUPS’ durante una solicitud de corte de suministro.
Si ocurría un ‘cruce de CUPS’, el comercializador responsable debía asegurarse de restituir al consumidor afectado al proveedor original lo antes posible.