La Semana Santa ya ha comenzado y con ella las procesiones y la búsqueda del mejor lugar para verlas. En esta época, los balcones de las principales ciudades se convierten en lugares muy cotizados para no perderse un detalle y los propietarios de las viviendas aprovechan para alquilarlos temporalmente.
Lejos de ser un simple lugar para secar la ropa o colocar plantas, los balcones se transforman en escenarios creativos para generar dinero. Algunos ejemplos:
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Publicidad local: Comercios o restaurantes pagan por colocar pequeños carteles o banderolas en balcones con vistas a calles transitadas.
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Eventos y fotografía: Durante Semana Santa, los balcones con buena perspectiva sobre las procesiones se alquilan para turistas y fotógrafos que buscan capturar las mejores imágenes sin multitudes.
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Decoración y escaparates improvisados: Algunos vecinos permiten a vendedores locales usar su balcón como “mini tienda” temporal para mostrar productos artesanales o gastronómicos.
Un dato curioso: en ciudades como Sevilla o Granada, los precios por un día de balcón con vista a la procesión pueden superar los 50 a 100 euros, dependiendo de la ubicación y visibilidad.
Hacienda también quiere su parte
Ante esta situación, TaxDown recuerda que los ingresos obtenidos por estos alquileres deben declararse obligatoriamente en la declaración de la renta (IRPF). No importa que sea solo por unas horas o unos días: cualquier cantidad percibida tributa.
Estos ingresos se califican como rendimientos del capital inmobiliario, exactamente igual que si alquilaras una vivienda completa o un local, y se incluyen en la base imponible general del IRPF, al tipo marginal que corresponda según los ingresos totales del contribuyente.
Estos ingresos no permiten la reducción del alquiler de vivienda habitual, ya que se consideran de temporada o turísticos, y tributan al 100% del rendimiento neto.
Ejemplo práctico: un contribuyente con una base liquidable de 30.000 € que alquila su balcón durante la Semana Santa y obtiene 3.000 €. Esos 3.000 € tributarán a un tipo marginal aproximado del 30%, lo que supone unos 900 € en impuestos, aunque se pueden restar los gastos deducibles proporcionales al periodo de alquiler.
Los expertos de TaxDown, consultados por Demócrata, recuerdan la obligatoriedad de declarar estos ingresos. De no hacerlo, constituye una infracción tributaria que puede acarrear sanciones entre el 50% y el 150% de lo no declarado. Hacienda utiliza cada vez más herramientas para detectar ingresos ocultos, desde plataformas de alquiler vacacional y anuncios en redes sociales hasta movimientos bancarios o denuncias de vecinos.
Además, se recomienda hacer un contrato temporal que establezca condiciones de uso, precio, duración y responsabilidades de propietario y arrendatario. Aunque no es obligatorio, sirve como protección a ambas partes y como justificante ante Hacienda.
Más allá del dinero: creatividad y oportunidades
Este fenómeno también ha dado lugar a una especie de competencia amistosa entre vecinos, quienes decoran sus balcones con luces, flores o motivos religiosos para atraer clientes. Incluso existen rutas guiadas por los balcones más fotogénicos de la ciudad, una mezcla de turismo, tradición y microemprendimiento.
Para quienes buscan rentabilizar su balcón esta Semana Santa, la clave está en planificar con antelación, ofrecer una buena vista, decorar de manera atractiva y cumplir con la ley fiscal. Porque, aunque los ingresos puedan ser tentadores, un descuido con Hacienda puede convertir un ingreso temporal en un problema mucho más caro.