Servicios sociales priorizarán viviendas de emergencia para inquilinos vulnerables ante desahucios

El nuevo decreto del escudo social priorizará viviendas de emergencia para inquilinos vulnerables desahuciados de pequeños propietarios con dos o menos pisos.

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La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez Gabriel Luengas - Europa Press

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La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha señalado este miércoles que los servicios sociales de las comunidades autónomas deberán dar prioridad, en la búsqueda de alternativas habitacionales de urgencia, a los inquilinos vulnerables que afronten un desahucio por impago en pisos propiedad de pequeños caseros con dos o menos viviendas.

Rodríguez, en declaraciones a TVE recogidas por Europa Press, ha detallado que la única variación que incorpora el nuevo decreto del escudo social respecto al que fue rechazado en el Congreso se refiere a que la suspensión de los desahucios de personas vulnerables dejará de aplicarse cuando el arrendador tenga menos de dos inmuebles en propiedad, debiendo al mismo tiempo darse prioridad a esas familias inquilinas en el acceso a viviendas de emergencia.

Así, estas familias no quedarán sin techo, aunque el pequeño propietario que les alquiló la vivienda pueda recuperarla.

“Lo que hacemos es que donde se decía que no operaba el Real Decreto, cuando era un propietario vulnerable, se amplía a propietarios de una o dos viviendas, o sea, a propietarios de menos de dos viviendas, y la única modificación junto a esta es que han de priorizarse estas familias en el acceso a los recursos de la vivienda y de habitación de emergencia”, ha subrayado.

En el nuevo decreto del escudo social, que mantiene la moratoria de desahucios y que se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que entre en vigor mañana jueves, se fija que, para que pueda aplicarse la suspensión, el inquilino deberá demostrar que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica. Una vez que la Administración de Justicia remita esa acreditación al propietario, éste dispondrá de diez días para probar ante el Juzgado que también se halla en vulnerabilidad económica “o en riesgo de situarse en ella en caso de que se adopte la medida de suspensión del lanzamiento, o bien que es titular de dos o menos viviendas”.

La ministra ha defendido que el decreto se ha ido perfeccionando, no sólo en esta ocasión, sino también el año pasado, cuando se incorporó una nueva fórmula de compensación para los propietarios mediante avales públicos.

“Aquí hay mucho también de narrativa que no se corresponde con la realidad y que genera miedo en esos propietarios que desean alquilar, pero que igual están conteniendo esas viviendas que necesitamos movilizar como consecuencia de ese miedo. A mi lo que me interesa es que la gente esté protegida, que las personas vulnerables lo estén, que podamos movilizar la máxima vivienda vacía en nuestro país para que siga habiendo un mercado del alquiler a disposición de la juventud”, ha recalcado Rodríguez.

La titular de Vivienda ha reiterado que el objetivo es poner en marcha “un escudo de protección total” del que “ninguna administración puede inhibirse”, y ha recordado que la suspensión del desahucio sí se aplica cuando el inquilino declarado vulnerable reside en una vivienda alquilada de un propietario con “más de diez viviendas” o de un fondo de inversión.