Sumar reclama en el Congreso cambiar la norma sobre coeficientes reductores en empleos de riesgo

Sumar propone en el Congreso modificar el real decreto de 2025 sobre coeficientes reductores para la jubilación anticipada en trabajos peligrosos.

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La diputada de Sumar Aina Vidal durante una rueda de prensa, en el Congreso de los Diputados, a 9 de diciembre de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

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Sumar ha registrado en el Congreso una proposición no de ley con la que propone revisar varios artículos del real decreto de 2025 que regula la jubilación anticipada mediante coeficientes reductores en la Seguridad Social para determinados trabajos de carácter peligroso o penoso.

La regulación, impulsada por el Ministerio de Seguridad Social dirigido por Elma Saiz, fijó el procedimiento previo para delimitar los casos en los que se permite adelantar la edad de retiro en ocupaciones de especial peligrosidad a través de coeficientes reductores. No obstante, el grupo plurinacional considera que este real decreto aprobado en mayo del año pasado plantea “serias preocupaciones” por distintos motivos.

En la iniciativa parlamentaria, promovida por la dirigente de En Comú Aina Vidal y difundida por Europa Press, Sumar argumenta que la normativa vigente impide a los colectivos que ya disponen de coeficientes reductores solicitar un incremento de los mismos hasta que no transcurran diez años desde la entrada en vigor del real decreto, es decir, hasta 2035.

Diez años de espera para mejorar los coeficientes

En la práctica, subraya Sumar, esto implica que profesiones que cuentan con un coeficiente más bajo del que correspondería a la peligrosidad real de su actividad, como es el caso de los buceadores profesionales, no podrán ver mejoradas sus condiciones hasta 2035, algo que el grupo califica de no “razonable”.

Además, la formación plurinacional advierte de que la ausencia de revisión de ciertos coeficientes podría dar lugar a la “incoherencia” de que un colectivo de nueva incorporación obtenga un coeficiente superior al de otro grupo que ya tenía ese reconocimiento con anterioridad.

Sumar señala igualmente que el artículo 22.2 del real decreto contempla el silencio administrativo como desestimatorio ante la petición de un colectivo que solicite un coeficiente reductor. A ello se suma que, según el artículo 21, un colectivo cuyo expediente haya sido rechazado por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social no puede volver a tramitar una nueva solicitud de aplicación de coeficientes reductores hasta que transcurran cuatro años.

Cambios en los artículos 9, 21 y 22 del real decreto

A la luz de estos elementos, Sumar defiende la necesidad de revisar el real decreto y, en particular, modificar los artículos 9, 21 y 22. En relación con el artículo 9, el grupo parlamentario propone que se permita revisar el coeficiente reductor de un colectivo que ya lo tenga reconocido sin verse obligado a esperar hasta 2035.

Respecto al artículo 21, el espacio político plantea que, cuando una solicitud sea desestimada, el colectivo afectado pueda presentar una nueva en el plazo de un año. En cuanto al artículo 22, Sumar aspira a que se establezca el silencio administrativo positivo para aquellas peticiones sobre coeficientes reductores en las que no se haya dictado resolución expresa.