El Tribunal Supremo establece que cuando una pensión de viudedad se reparte entre varias personas, el superviviente tiene derecho a recuperar el importe completo tras el fallecimiento del otro beneficiario. La sentencia abre camino a más casos similares.
Una sentencia que sienta jurisprudencia
El Tribunal Supremo ha dictado una resolución que afecta directamente a quienes perciben pensiones de viudedad compartidas. El alto tribunal concluye que, cuando uno de los beneficiarios fallece, el superviviente debe pasar a cobrar la totalidad de la pensión y no mantener solo la parte que venía recibiendo.
En palabras de la Sala de lo Contencioso, el viudo o viuda superviviente “recupera en toda su amplitud el derecho originario e íntegro de la cuantía de la pensión y su derecho al cobro de la totalidad de la pensión de viudedad correspondiente”.
El caso que originó la decisión
La sentencia resuelve un litigio en el que estaban implicadas dos mujeres:
• Una era esposa del fallecido en el momento de su muerte.
• La otra había sido su primera cónyuge, con derecho también reconocido a pensión de viudedad.
Hacienda fijó que ambas compartieran la pensión, repartiéndose aproximadamente la mitad cada una. Con el fallecimiento de la primera esposa, la segunda recurrió para reclamar el cobro íntegro.
El Supremo le ha dado la razón, corrigiendo el criterio inicial de mantener únicamente el 50% de la prestación.
Un fallo con impacto en miles de viudas y viudos
La decisión sienta doctrina para todos los casos en los que se reparten pensiones de viudedad entre varias personas, una situación habitual cuando existen matrimonios o divorcios previos.
A partir de esta resolución, el criterio queda fijado: el beneficiario que sobrevive al resto recupera la totalidad de la pensión reconocida originalmente.
Todas las claves de la sentencia
• Quién la dicta: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso.
• Qué resuelve: que la pensión compartida vuelve a ser íntegra cuando muere el otro beneficiario.
• El caso concreto: dos mujeres compartían la pensión del mismo fallecido; al morir la primera esposa, la segunda recupera el 100%.
• La importancia: fija jurisprudencia aplicable a casos similares en todo el país.
• Consecuencia práctica: viudos y viudas que comparten pensión no se quedarán con la mitad cuando fallezca el otro, sino con el importe completo.